Legalidad intercomunicadores

Todo lo relacionado con la navegación y comunicación entre los distintos dispositivos electrónicos.

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Bruno
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#1 Legalidad intercomunicadores

Mensaje por Bruno »

Más dudas. Después de leer las últimas modificaciones de tráfico, no tengo nada claro la legalidad de usa intercomunicadores. Desde luego, auriculares y cascos están prohibidos, pero no está claro si eso incluye altavoces. En el consultorio legal de Solo Moto responden que es un tema que queda al arbitrio del agente de turno, ¿eso es posible? Me estoy mirando un Twins con mando en manillar, lo he probado en tienda y es una pasada, pero claro, que me casquen eurazos y puntos por una consideración particular me echa para atrás.
En general, ¿qué os ha ocurrido utilizando intercomunicadores con altavoces si os paran? Si hay multa, ¿es recurrible o te quedas a ajo y agua (a jod*rs* y aguantarse)?
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Bichin
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#2 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por Bichin »

Hola Bruno...

Para mi que los llevo es como la radio en el coche, está ahí, no te cableas a nada, no son auriculares... otra cosa seria tocar los botones en marcha, que en mi caso el cardo lo tiene en el casco, no en el manillar, pero... de momento tras año y pico, sin problemas, aunque miradas por el piloto que parpadea si me han surgido, nunca me han dicho nada.

La p*t*d* es que la ley es muy ambigua y amplia... y toda la ley en si misma es un intento de reducir la acidentalidad de las motos a costa de quitarlas de las ciudades y carreteras, es un claro "deja la moto en casa que se te puede multar por todo lo que hagas con ella".

Fuera la nueva ley YA.

Saludos a tod@s...
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Bruno
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#3 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por Bruno »

Ése es el tema...no te han dicho nada, pero hablando con un comprador cuando me miraba los intercomunicadores, me contó que le habían crujido una multaza con puntos y todo. Que para reclamar era una historia, que tenía que demostrar que no eran auriculares pero que el agente que le multó afirmó que sí lo eran, con lo cual todo quedaba en su palabra contra la del agente, y ya sabemos quién sale ganando ahí.
Parece mentira que regulen ahora el ir fumando o con bolsas en el manillar (me parece bien, que conste) y luego sean tan chapuzas con normas referidas a gadgets de uso frecuente. Es como si prohibieran ir a más de 120 km/h, o no, dependiendo del color de nuestro vehículo.
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#4 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por kunny13 »

Pués particularmente, y con todo lo que se ha hablado tanto en contenido, como por el tiempo que hace que estamos con este Tema, para mi, no es nada ambigua, ni poco clara.

La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece al respecto lo siguiente, y literalmente dice:


" Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente. Se prohibe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares."


.........por lo que dentro de "............................................y cualquier otro medio o sistema de comunicación ", entra todo, auriculares, altavoces, pinganillos, bafles, etc,etc.

La " ambiguedad" está en el criterio del Agente que te toque, unos denunciarán, y otros no, pero legalmente, TODOS, tiene base para hacerlo, por lo que no le veo sentido a recurso alguno.
Última edición por kunny13 el 22 Jun 2010 11:23, editado 1 vez en total.
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#5 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por Bruno »

kunny13 escribió:
" Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente. Se prohibe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares."


.........por lo que dentro de "............................................y cualquier otro medio o sistema de comunicación ", entra todo, auriculares, altavoces, pinganillos, bafles, etc,etc.

La " ambiguedad" está en el criterio del Agente que te toque, unos denunciarán, y otros no, pero legalmente, TODOS, tiene base para hacerlo, por lo que no le veo sentido a recurso alguno.
Pues yo sigo viéndolo muy ambiguo. Me parece un mal uso del lenguaje, sinceramente. Según esta ley, tal y como la interpretas, se prohíben manos libres en el coche (que sí son legales), GPS por voz, e incluso directamente oir la radio, subir el volumen o pasar canciones aunque lo hagas desde el volante del coche... Primera frase: "aparatos receptores o reproductores de sonido", ya engloba todo, no sólo móviles. Sigue: "sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares ni instrumentos similares". Claramente, un mal uso del lenguaje, "cascos" es un sinónimo vulgar de auriculares, como pinganillos (que digo yo lo incluyen dentro de "instrumentos similares").
Perdón si insisto en este tema, pero yo lo veo recurrible, otra cosa es si te lo aceptan. Que redacten bien las leyes y aprendan un poco de gramática y vocabulario, que para eso son funcionarios de carrera.
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#6 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por kunny13 »

Bruno escribió:
kunny13 escribió:
" Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente. Se prohibe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares."


.........por lo que dentro de "............................................y cualquier otro medio o sistema de comunicación ", entra todo, auriculares, altavoces, pinganillos, bafles, etc,etc.

La " ambiguedad" está en el criterio del Agente que te toque, unos denunciarán, y otros no, pero legalmente, TODOS, tiene base para hacerlo, por lo que no le veo sentido a recurso alguno.
Pues yo sigo viéndolo muy ambiguo. Me parece un mal uso del lenguaje, sinceramente. Según esta ley, tal y como la interpretas, se prohíben manos libres en el coche (que sí son legales), GPS por voz, e incluso directamente oir la radio, subir el volumen o pasar canciones aunque lo hagas desde el volante del coche... Primera frase: "aparatos receptores o reproductores de sonido", ya engloba todo, no sólo móviles. Sigue: "sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares ni instrumentos similares". Claramente, un mal uso del lenguaje, "cascos" es un sinónimo vulgar de auriculares, como pinganillos (que digo yo lo incluyen dentro de "instrumentos similares").
Perdón si insisto en este tema, pero yo lo veo recurrible, otra cosa es si te lo aceptan. Que redacten bien las leyes y aprendan un poco de gramática y vocabulario, que para eso son funcionarios de carrera.
........valeeeeeeeeee, te subrayo lo que me faltó, pero vamos, que yo los utilizo también.
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Mariano.-
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#7 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por Mariano.- »

La cuestión no es esa. Es el viejo truco de pasarle la pelota a otro; en caso de que no la pases, te quedas tú con el marrón, lo que significa pagar la multa. Quiero decir con esto que el Poder Legislativo, el que redacta las leyes y normas que han de aplicarse, en numerosas veces no se mojan lo suficiente, dejando que sea el interesado en acudir a otras instancias para su defensa. Es decir, recurrir, con lo que es el Poder Judicial el que tiene que decidir si puedes o no llevar el móvil conectado al último cacharrito que te has comprado para tu moto.

En esto también tienen que ver los últimos avances en comunicaciones, de manera que lo que hace no mucho no se aceptaba por las autoridades, cada vez se hará más y mejor. Y volvemos a lo mismo: cuando haya suficinte jurisprudencia, suficiente número de casos de jueces que hayan fallado a favor del que va conectado al móvil vía BT.

Si es que estos políticos nuestros son tan listooooooooooooooooooooooooooooooooos... Tienen lo peor de los peores funcionarios, sin serlo.
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#8 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por GALICIAN »

En cualquier caso, supongo que siempre se puede argumentar que lo llevas, pero no estás en comunicación con nada ni con nadie.... y que hablas solo porque es una costumbre tuya... :grin:

Vsss
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#9 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por PETRUSKI »

kunny13 escribió:Pués particularmente, y con todo lo que se ha hablado tanto en contenido, como por el tiempo que hace que estamos con este Tema, para mi, no es nada ambigua, ni poco clara.

La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece al respecto lo siguiente, y literalmente dice:


" Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente. Se prohibe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares."


.........por lo que dentro de "............................................y cualquier otro medio o sistema de comunicación ", entra todo, auriculares, altavoces, pinganillos, bafles, etc,etc.

La " ambiguedad" está en el criterio del Agente que te toque, unos denunciarán, y otros no, pero legalmente, TODOS, tiene base para hacerlo, por lo que no le veo sentido a recurso alguno.
Discrepo de la opinión del compañero Kunny, no digo que tenga yo más razón que nadie, sólo que discrepo. La razón “última” en cualquier caso la tendrá un juez de lo contencioso-administrativo, y yo no lo soy.

A mi entender, las Normas, especialmente las sancionadoras, deben interpretarse más allá de su literalidad y de acuerdo con el fin y objetivo de las mismas, esto es, de acuerdo con la finalidad que persiguen.
La frase “... y cualquier otro medio o sistema de comunicación...” no debe interpretarse aisladamente sino dentro de otra frase “mayor” de la que forma parte, cual es: “se prohibe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación...”

Siguiendo la opinión de Kunny , estaría prohibido también la utilización de los manos libres en los coches, y yo entiendo que no lo está.
Y de la misma manera, si nos quedamos sólo con la frase “... y cualquier otro medio o sistema de comunicación..”, y vamos en el coche con la mujer, estaría prohibido hablar con ella ya que estaríamos “empleando un medio de comunicación durante la conducción”, pues mantener un diálogo con otra persona a través de la utilización “directa” cara a cara, en voz alta, de un idioma empleado y entendido por ambos interlocutores, es un sistema de comunicación.
Aunque de esto último no estoy muy seguro, pues en ocasiones mi mujer me habla y me habla y me habla y al terminar me dice: ¿qué te parece pues? ... y yo digo... ¿qué? :pardon:

De la misma manera que si voy en moto con ella sin intercomunicador pero con un casco abierto y me pongo a hablar con ella. También estaría prohibido entonces !! , porque estoy empleando un medio de comunicación, cual es el Habla, para transmitir un mensaje a mi mujer (que es lo que significa "comunicación"). Parece que esto no tiene sentido, no?

A mi entender, la finalidad de la norma, esto es, lo que persigue, es que “durante la conducción” no empleemos, mediante una manipulación directa que pueda distraer y apartar nuestra atención de la carretera, cualquier medio o instrumento de comunicación tales como móviles, aparatos de radio-aficionado, “walkie-talkies” o similares, o bien, cascos o auriculares, porque podrían, estos últimos, impedir la audición de señales acústicas externas tales como sirenas, bocinas de otros vehículos, etc..., y yo entiendo que en esto no están incluídos los pequeños altavoces de los intercomunicadores (que no son auriculares, ni impiden lo anterior) , de hecho, yo cuando voy en la moto hablando por el Cardo, puedo oir el motor de la moto, las sirenas, los bocinazos de otros vehículos, etc...

Que eso ¡! que sólo es mi opinión, ni más ni menos.

En todo caso, si me denuncian por ir hablando por el Cardo, yo sí recurriré.

Saludos Rafa, y a todos los demás por supuesto. :drinks:
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#10 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por kunny13 »

Pero es que si quieren, también te pueden denunciar si te pillan dandole voz a la radio, en el coche. :pardon:

Hay por ahí una denuncia " famosa" en la que deununcia a uno por hacerse una...............( a ver como lo digo)........
............vamos, por hacerse el amor él mismo en un semáforo ( la denuncia es real).

Basandose en " todo aquello que distraiga, de prestar la debida atención a la circulación", puede ser denunciable.

Pero que sí, que yo no lo veo justo, ni lo defiendo, será que me lo autocreo, para el día que me toque, no discutir mucho, y decirme a mí mismo eso de : "................ si ya lo sabía yo" :pardon:
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#11 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por Bichin »

kunny13 escribió:En todo caso, si me denuncian por ir hablando por el Cardo, yo sí recurriré.

+1

Saludos...
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#12 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por kunny13 »

Bichin escribió:
kunny13 escribió:En todo caso, si me denuncian por ir hablando por el Cardo, yo sí recurriré.

+1

Saludos...
¿Y?
kunny13 escribió:Pués particularmente, y con todo lo que se ha hablado tanto en contenido, como por el tiempo que hace que estamos con este Tema, para mi, no es nada ambigua, ni poco clara.
Ponme ese enlace, por favor, por que no tengo CARDO, si no Midland.
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#13 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por Bruno »

kunny13 escribió:

Hay por ahí una denuncia " famosa" en la que deununcia a uno por hacerse una...............( a ver como lo digo)........
............vamos, por hacerse el amor él mismo en un semáforo ( la denuncia es real).
:descojono: Hombre, yo lo denunciaba también...Imagina si te das con uno que estaba dándole a la zambomba, a ver qué cuentas.

Seguimos con el tema, y por ahí han dicho cosas ciertas, que cualquier medio de comunicación es un periódico...o leer una señal de tráfico, es un medio de comunicación que te informa.
Todos sabemos a qué se refiere la prohibición, y es muy lógica: móvil en la mano, llevar auriculares, toquitear el gps en marcha...Pues que lo digan así, no con circunloquios, que en general las leyes de tráfico son claritas y poco ambiguas.
Por eso digo que a mí me parece fruto de una redacción apresurada, pomposa y ambigua, poco pensada y deliberada.
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#14 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por PETRUSKI »

kunny13 escribió:Pero es que si quieren, también te pueden denunciar si te pillan dandole voz a la radio, en el coche. :pardon:
Basandose en " todo aquello que distraiga, de prestar la debida atención a la circulación", puede ser denunciable.

Pero que sí, que yo no lo veo justo, ni lo defiendo, será que me lo autocreo, para el día que me toque, no discutir mucho, y decirme a mí mismo eso de : "................ si ya lo sabía yo" :pardon:
Pues tienes razón Rafa, pero no olvidemos una cuestión básica: los agentes DENUNCIAN, no sancionan; por lo que aunque nos llegasen a denunciar por ello, otra cosa es que eso después termine en una sanción firme por la Autoridad competente, lo cual, insisto, me cuesta creer.
De todos modos pienso que salvo instrucciones expresas o campañas programadas al respecto por Tráfico, veo muy improbable que el agente de turno en un simple control rutinario se pare a analizar el cardo o el midland y te denuncie por llevarlo, no digo que no, sólo que me parece poco probable, te mirará los neumáticos, la documentación de la moto, si llevas la matrícula en condiciones, etc.. etc... pero que se pare a comprobar el sistema de comunicación que llevas, no se, me parece muy raro.
Pero bueno, cosas más raras se han visto en este país.
Saludossssss.
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#15 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por Halcon Callejero »

Esto es como todo... mientras el numero de accidentes de moto usando los Midland, Cardo, etc... sea inexistente o muy pequeño, no nos follaran, pero en el momento que suba ese numero, nos podemos ir preparando.... Otra cosa es demostrar que estabas empleando ese aparato. No por llevarlo te pueden denunciar, ya que segun dice la ley... "Se prohibe la utilizacion de..."

Esto me recuerda al tema de los faros en el techo de los 4x4. Estan prohibidos, pero mucha gente los lleva sin cablear, solo por la estetica....

Que nos demuestren que estabamos utilizando dichos artilugios????? :diablo: :diablo: :diablo:
Siempre que salgo con la moto, me digo: Raúl sobre la moto, acuerdate de llegar tal y como saliste. Siempre hay alguien que te espera.
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#16 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por kunny13 »

Bruno
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#17 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por Bruno »

Queda bastante claro en ese blog que es ilegal bajo todos los conceptos. Claro que entonces entramos en el más farragoso tema de la utilización, si el agente considera que los usabas en ese momento o no. Imposible demostrarlo. Ahí entiendo que, en caso de duda, prevalece la versión de la autoridad, pero claro, tampoco puede demostrarlo, de la misma manera que necesita un radar para demostrar un exceso de velocidad.
Qué tema más complejo, qué manera de liarla tienen los legisladores. Si hablan de ruido, ¿no estás más aislado en un coche con la música a todo trapo? ¿Cómo se regula y sanciona eso?
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#18 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por PETRUSKI »

Bruno escribió:Queda bastante claro en ese blog que es ilegal bajo todos los conceptos.
Hombre !!!, que "quede claro que sea ilegal bajo todos los conceptos" porque lo diga un Blogger ( ¿ se dice así ? )..... .
Yo como mucho, me atrevo a opinar, con mejor o peor acierto..., pero a declarar firmemente la legalidad o ilegalidad de un acto....Eso, si no me equivoco, corresponde a otro tipo de Autoridad.

Con todos mis respetos para Civesnia (creo que se llama así el forero que escribió eso), no comparto su conclusión aunque tengo que reconocer que sus argumentos me parecen muy bien expuestos.
NO obstante, no olvidemos que estamos interpretando normas del derecho administrativo sancionador, y éste se rige u orienta por Principios como el de Tipicidad, por lo que aplicar la analogía, como parece hacerse en ese Blog, para concluir tajantemente como lo hace él, que un hecho sobre el que claramente existe una laguna legal, es una infracción administrativa, es ciertamente discutible.

Seguiremos viendo y oyendo opiniones en uno y otro sentido, todas respetables por supuesto, y algunas como la de ese blog, muy bien expuestas y hasta "convincentes" y con gran rigor técnico, que no rigor técnico-jurídico en su conclusión, a mi modesto entender.

Joer, no quiero ser malo :mrgreen: , pero a ver si nos sancionan a uno de una vez por eso, y salimos de dudas. :mrgreen:.
(anda que como me toque a mi iba a ser bueno el cachondeo).
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#19 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por kunny13 »

PETRUSKI escribió: Joer, no quiero ser malo :mrgreen: , pero a ver si nos sancionan a uno de una vez por eso, y salimos de dudas. :mrgreen:.
(anda que como me toque a mi iba a ser bueno el cachondeo).
Eso, eso, que te sancionen y ya de paso nos cuentas como va el proceso. :descojono: :descojono:

Venga, va, todo sea por aportarnos informacion fresca y de primera mano, en cuántos los veas, te tiras dandoles vueltas hasta que te paren, y CANTANDO en voz alta, para que cuando te pregunten, les digas que ibas escuchando a Brisnis Espris. :mrgreen:
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#20 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por PETRUSKI »

kunny13 escribió:
PETRUSKI escribió: Joer, no quiero ser malo :mrgreen: , pero a ver si nos sancionan a uno de una vez por eso, y salimos de dudas. :mrgreen:.
(anda que como me toque a mi iba a ser bueno el cachondeo).
Eso, eso, que te sancionen y ya de paso nos cuentas como va el proceso. :descojono: :descojono:

Venga, va, todo sea por aportarnos informacion fresca y de primera mano, en cuántos los veas, te tiras dandoles vueltas hasta que te paren, y CANTANDO en voz alta, para que cuando te pregunten, les digas que ibas escuchando a Brisnis Espris. :mrgreen:
:descojono: :descojono: :descojono: :descojono:

Sí, sí, y cuando me digan: "le denuncio por llevar intercomunicadores", les contestaré: jo*er, sí ya me lo dijo Rafa. :descojono:
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#21 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por Halcon Callejero »

Ayer la Policia Autonoma Vasca (Ertzaintza) estaba haciendo un control rutinario de documentacion de motos y ciclomotores y cuando pasé por su lado estuve a punto de parar a preguntarless, pero como llevaba mi BT1 funcionando, no quise tentar al diablo... :pardon:
Siempre que salgo con la moto, me digo: Raúl sobre la moto, acuerdate de llegar tal y como saliste. Siempre hay alguien que te espera.
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#22 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por gaditanum »

Street Hawk escribió:Ayer la Policia Autonoma Vasca (Ertzaintza) estaba haciendo un control rutinario de documentacion de motos y ciclomotores y cuando pasé por su lado estuve a punto de parar a preguntarless, pero como llevaba mi BT1 funcionando, no quise tentar al diablo... :pardon:
Deja deja... que por preguntar le comieron la lengua al gato..... :mrgreen:
La Gorda Tomasa ya esta en casa.
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#23 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por totemstgo »

Creo que ya se han dado casos de multas a motoristas por llevar dispositivos tipo, midlan, cardo por bluetooth como por cable.
El problema de que te denuncien, no que te sancionen, sea a cargo de la tolerencia, permisividad o interpretación de una agente pues es el colmo de los colmos, por que en muchos de los casos una denuncia por los agentes de tráfico conllevan tarde o temprano la penalización económica, y si podemos recurrir sanciones injustas, pero para una multa de 150 euros pagarle a un letrado pues no veo yo el rendimiento economico, así que al final ajo y agua.

Yo he tenido compañeros que a raiz de estas interpretacines aleatorias del pertinente señor agente de la autoridad, por ejemplo con sus tablas de esqui o snow dentro del coche, los han sancionado, a su juicio esos bultos dentro del coche eran de por si peligrosos y debieran transportarlos en los correspodientes portaesquis, ala demuestra tu que iban en las bolsas, amarrados y que la posibiliad de desplazamiento de ese bulto era cero, no puedes, en cambio yo los he llevado siempre dentro del coche, me han parado, pasado controles, fronteras, mira que me pego palizas para ese vicio y ni una pega.

Así nos va.
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#24 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por pupi »

¡Yo no digo nada! Pero cuando nos paren, tendremos que preguntarles.
¿DE QUE MANERA SE COMUNICAN USTEDES CON LA CENTRAL CUANDO VAN EN MOTO?
No lo puedo confirmar pero creo que se comunican como nosotros, con los famosos intercomunicadores.
Por otra parte, ¿donde están esos defensores de los motoristas, a los que algunos están apuntados?
¿Asta donde van a llegar los abusos que se cometen contra todos los conductores de vehículos a motor?
No hay nadie en este país que ponga orden a este caos.
"Dame un pez y cenaré esta noche, enséñame a pescar y cenaré siempre"
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#25 Re: Legalidad intercomunicadores

Mensaje por kunny13 »

totemstgo escribió: El problema de que te denuncien, no que te sancionen, sea a cargo de la tolerencia, permisividad o interpretación de una agente pues es el colmo de los colmos
Así nos va.

Tom, eso es así a todos los niveles.
En un Juicio, el Juez dicta sentencia según su " entender", si no estás de acuerdo, se va a las Audiencias, y se dictan Sentencias por votacion normalmente entre tres Magistrados...si es recurruble, se va al Supremo y deciden entre............
........y así sucesivamente. Siempre es segun el " buen entender del Juzgador"
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