Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
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#1 Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Hola
El 25 de mayo entran en vigor algunos cambios en seguridad vial
Espero k no nos afecten(vamos k no nos cojan, x no hacer nada mal, claro!!)
Salu2
El 25 de mayo entran en vigor algunos cambios en seguridad vial
Espero k no nos afecten(vamos k no nos cojan, x no hacer nada mal, claro!!)
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No tienes los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
Con la moto hay que tener presente que somos invisibles para casi todos los conductores.
- chaveruco77
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#2 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
pues los límites de velocidad son una putada... si saltan a 121, vamos a tener que ir con mil ojos, enlatados o a dos ruedas..... habrá que llevar un detector de radares, aparte del gps, ....
v'ssss
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- Uucho
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#3 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
¡OJO! Chaveruco q por el detector de radar son 6 ptos y un golpe en euros q te dejan sin sentido.chaveruco77 escribió: habrá que llevar un detector de radares, aparte del gps, ....
¿Cuantas señales de 30 o 40 hay por las avenidas en las q han puesto badenes? J***r ese si q puede ser un problema como las vigilen con radares, porque a mas de 31km/h pasamos todos, de 100 en 100 euritos amortizan el radar en 2 tardes. El carácter recaudador de esta ley es abrumador.
Por otro lado, no se de que me quejo, ¡Tenemos lo políticos que nos merecemos!
V'ssssssssssssssssssssssssssss
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- chaveruco77
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#4 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
aviso a navegantes... EL DETECTOR deja de ser ilegal.... estará permitido a partir del 25 de mayo; lo que será ILEGAL es el INHIBIDOR de la frecuencia de los radares.... salió ayer en el telediario.....
Así que ya sabéis... lo que pasa es que no sé yo cómo y dónde poner un detector en la amoto... porque son grandes de co*ones....
V'ssss
Así que ya sabéis... lo que pasa es que no sé yo cómo y dónde poner un detector en la amoto... porque son grandes de co*ones....
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- Luipy
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#5 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Creo que has oido mal la noticia ( o la han dicho mal ).chaveruco77 escribió:aviso a navegantes... EL DETECTOR deja de ser ilegal.... estará permitido a partir del 25 de mayo; lo que será ILEGAL es el INHIBIDOR de la frecuencia de los radares.... salió ayer en el telediario.....
http://www.reformaleydetrafico.es/infracciones.html
"Conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o de sistemas de detección de radar 6 puntos 6.000 €"
vamos que si te pillan les puedes dejar la V como forma de pago
Que buenos ratos!
- chaveruco77
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#6 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Pues lo debí de entender mal, o lo dijeron mal, , pero siempre nos quedará nuestro buen ojo y nuestro savoir faire.... málaga-lugo en 8 horas y cuarto, con dos pit-stops para comer(rápido...) y evacuar..... enlatado, claro..... y de momento no llegó la foto, y eso fue en febrero... creo que no llegará ya...
Con la negrita iré más despacio este verano, que no tengo kilómetros para ir a ese ritmo sobre dos ruedas.....
V'ssssss
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- Goliath
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#7 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Una pregunta tonta...
Si en un viaje de, pongamos, Coruña a Madrid, pongo mi coche a 120 km/h (a ojo, claro, que el relojito es analógico), y me "flasean" en todos los radares, porque en realidad voy a 121...
Si pongamos hay 10 radares... pago 1200 €?, o sólo te sancionan una única vez al día?, y pagas los 100 € de turno?
¿se podría en ese caso denunciar al fabricante?
PD: Para ir a 120 clavao!, me vuelvo a las antiguas Nacionales N-I, N-II, etc, que al menos, con los pueblos, y adelantamientos, iré despierto
Si en un viaje de, pongamos, Coruña a Madrid, pongo mi coche a 120 km/h (a ojo, claro, que el relojito es analógico), y me "flasean" en todos los radares, porque en realidad voy a 121...
Si pongamos hay 10 radares... pago 1200 €?, o sólo te sancionan una única vez al día?, y pagas los 100 € de turno?
¿se podría en ese caso denunciar al fabricante?
PD: Para ir a 120 clavao!, me vuelvo a las antiguas Nacionales N-I, N-II, etc, que al menos, con los pueblos, y adelantamientos, iré despierto
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#8 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
bueno, ya tá, acabo de terminar de escribir este mensaje...
es que empecé hace dos días.... como no se puede correr ya en ningún lado, pues lo he escrito ajustado al código de recaudación, perdón, de circulación español....
hala, ta lueeeeeee
es que empecé hace dos días.... como no se puede correr ya en ningún lado, pues lo he escrito ajustado al código de recaudación, perdón, de circulación español....
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- chaveruco77
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#9 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Ya te digo, Goliath... pa ir a 120 a piñón, mejor ir por las nacionales.... y así no cuadramos tanto los neumáticos,
V'ss
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#10 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Objetivos moteros 2024: X Invernal, Marruecos VStromclub, XXI Nacional, VI Rider, Stromports, Alcañiz, Apeninos y Sicilia, Marruecos ADV, Tarraco1000.
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#11 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Mintiroso , lo hacen por nuestro bien, que mal pensados sois .
¿No veis que ahora ya no nos sacan el carnet por tonterias? Ahora solo será cuando nos matemos y entonces ¿para que lo queremos? Vemos tantas cosas negativas que para una que piensan y se nos pasa.
- Bus
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#12 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Luipy escribió:Creo que has oido mal la noticia ( o la han dicho mal ).chaveruco77 escribió:aviso a navegantes... EL DETECTOR deja de ser ilegal.... estará permitido a partir del 25 de mayo; lo que será ILEGAL es el INHIBIDOR de la frecuencia de los radares.... salió ayer en el telediario.....
http://www.reformaleydetrafico.es/infracciones.html
"Conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o de sistemas de detección de radar 6 puntos 6.000 €"
vamos que si te pillan les puedes dejar la V como forma de pago
Pues yo con el codificado en la mano, el que entrará en vigor el próximo día 25 de mayo, viene redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 65. Cuadro General de Infracciones
65-5-5A.- Conducir con el vehículo reseñado llevando instalado un inhibidor de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico (deberá concretarse el mecanismo o sistema), 6.000 €/responsable el conductor. -Causa de posible inmovilización y depósito del vehículo (arts. 84 y 85 LSV).
65.6-5A.- Instalar un inhibidor de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico (deberá concretarse el mecanismo o sistema) 3.000€/responsable el taller.
El artículo habla de "inhibidor" e "interferir", el detector de radar en ningún momento interfiere en el funcionamiento del radar.
- stormbringer
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#13 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Efectivamente, el tema apunta en la dirección que comenta BUS...
LOS DETECTORES DE RADAR YA SON TAN LEGALES COMO LOS AVISADORES GPS, SEGÚN LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL.
El uso de un detector de radar para evitar una multa por exceso de velocidad ya es perfectamente legal en España, como ya lo era (y sigue siendo) el avisador de radares por coordenadas GPS. Ambos han sido reconocidos como dispositivos de uso legal en la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Ley 18/2009) del pasado 23 de noviembre, publicada por el BOE el martes 24 de noviembre.
El Artículo 65.5.H de la Ley de Seguridad Vial tipifica como “muy grave” y sancionable con una multa de 6.000 euros y la retirada de seis puntos de carnet el “conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico”. Es importante remarcar el concepto “interferir”, ya que los detectores de radar simplemente avisan de la presencia de un punto de medición de la velocidad, pero de ninguna forma inhabilitan su función ni su radio de acción.
El punto D del artículo 65.6 tipifica como “muy grave” el “instalar inhibidores de radar en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico”. Y añade una aclaración importante justo a continuación: “No constituirán infracción los sistemas de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico”.
LOS DETECTORES DE RADAR YA SON TAN LEGALES COMO LOS AVISADORES GPS, SEGÚN LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL.
El uso de un detector de radar para evitar una multa por exceso de velocidad ya es perfectamente legal en España, como ya lo era (y sigue siendo) el avisador de radares por coordenadas GPS. Ambos han sido reconocidos como dispositivos de uso legal en la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Ley 18/2009) del pasado 23 de noviembre, publicada por el BOE el martes 24 de noviembre.
El Artículo 65.5.H de la Ley de Seguridad Vial tipifica como “muy grave” y sancionable con una multa de 6.000 euros y la retirada de seis puntos de carnet el “conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico”. Es importante remarcar el concepto “interferir”, ya que los detectores de radar simplemente avisan de la presencia de un punto de medición de la velocidad, pero de ninguna forma inhabilitan su función ni su radio de acción.
El punto D del artículo 65.6 tipifica como “muy grave” el “instalar inhibidores de radar en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico”. Y añade una aclaración importante justo a continuación: “No constituirán infracción los sistemas de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico”.
Objetivos moteros 2024: X Invernal, Marruecos VStromclub, XXI Nacional, VI Rider, Stromports, Alcañiz, Apeninos y Sicilia, Marruecos ADV, Tarraco1000.
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#14 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Chapeau por Bus y Stormbringer.... que me demuestran, con la Ley en la mano, que los detectores son totalmente legales.....
Por lo que, hasta cierto punto, no vamos a tener que ir con un millón de ojos vigilando cada esquina de la carretera, jejeje... lo malo es que no va a haber sitio en el manillar para tanto dispositivo electrónico,
V'ssss
Por lo que, hasta cierto punto, no vamos a tener que ir con un millón de ojos vigilando cada esquina de la carretera, jejeje... lo malo es que no va a haber sitio en el manillar para tanto dispositivo electrónico,
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#15 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Leí por algún sitio (que no sé si será del todo fiable) que prohibían los intercomunicadores por distraer al piloto también el GPS que te da la ruta por auriculares
Sabéis algo al respecto??
Sabéis algo al respecto??
- Bus
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#16 Re: Cambios en seguridad vial el 25 de Mayo
Según la legislación vigente hasta hoy y la que entra en vigor mañana día 25/05/10:
Conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.
200 € / Responsable: conductor y -3 puntos.
Conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.
200 € / Responsable: conductor y -3 puntos.