Como recurrir una multa
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- pedales
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#1 Como recurrir una multa
Estimado Sr. Juez:
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando
iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.
Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me
detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal
con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo
blanco. Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna
unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la
Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde
muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será
el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas
del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad
de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de
matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad
se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado
para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la
distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo),
obtendremos la unidad de medida de la velocidad:
METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente
citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba,
pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del
imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el
máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a
la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si
Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h,
con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de
conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no
están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable
malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que
bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo
hicieron con mala intención.
Atentamente.
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando
iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.
Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me
detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal
con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo
blanco. Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna
unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la
Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde
muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será
el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas
del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad
de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de
matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad
se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado
para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la
distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo),
obtendremos la unidad de medida de la velocidad:
METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente
citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba,
pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del
imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el
máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a
la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si
Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h,
con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de
conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no
están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable
malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que
bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo
hicieron con mala intención.
Atentamente.
SI PIERDE ACEITE.................ES PORQUE TIENE
- pisatxarkos
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#3
Me quedo la duda.. paso el requisitorio????
http://www.nuevastecnologias.webs.com
Siempre recuerden.. el arca de Noe fue construida por aficionados y el titanic por ingenieros...
Siempre recuerden.. el arca de Noe fue construida por aficionados y el titanic por ingenieros...
- pisatxarkos
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- pikasso
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#5
esto que expongo lo utilizo un colega mio que le pillo el radar, por si sirve(a falta de rellenar los datos)
Don:
ESCRITO DE DESCARGOS (RECURSO ORDINARIO, DE ALZADA, DE REPOSICIÓN)
Ante su autoridad comparece el arriba filiado, con todo respeto y como mejor proceda en defensa de sus legítimos intereses y
EXPONE:
Que he recibido notificación de denuncia con expediente n: .
Que para poder colaborar con la justicia en el esclarecimiento de los hechos y para mi propia defensa si procediera, me es necesario la denuncia tal y como fue formulada por el supuesto Agente actuante, ya que la denuncia no se notificó en el acto y no recuerdo nada relacionado ella, por razón del tiempo transcurrido desde la presunta comisión de los hechos hasta la notificación.
Así mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 35 e) de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre y 79.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por R.D. Legislativo 339/1990 de 2 de Marzo, les solicito que me envíen fotocopia ó copia de todos los documentos que obren en el expediente sancionador, haciendo especial referencia no solo al boletín de denuncia del Agente actuante, sino también a la prueba fotográfica y certificados del cinemómetro.
Por todo lo anteriormente expuesto
SOLICITO
Sea admitido el presente escrito y se digne a resolver conforme a Derecho a fin de que sea anulada la denuncia o sobreseído el expediente, o en su defecto, se me remita lo solicitado.
Es justicia que pido en , a .
Fdo. (nombre)
Don:
ESCRITO DE DESCARGOS (RECURSO ORDINARIO, DE ALZADA, DE REPOSICIÓN)
Ante su autoridad comparece el arriba filiado, con todo respeto y como mejor proceda en defensa de sus legítimos intereses y
EXPONE:
Que he recibido notificación de denuncia con expediente n: .
Que para poder colaborar con la justicia en el esclarecimiento de los hechos y para mi propia defensa si procediera, me es necesario la denuncia tal y como fue formulada por el supuesto Agente actuante, ya que la denuncia no se notificó en el acto y no recuerdo nada relacionado ella, por razón del tiempo transcurrido desde la presunta comisión de los hechos hasta la notificación.
Así mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 35 e) de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre y 79.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por R.D. Legislativo 339/1990 de 2 de Marzo, les solicito que me envíen fotocopia ó copia de todos los documentos que obren en el expediente sancionador, haciendo especial referencia no solo al boletín de denuncia del Agente actuante, sino también a la prueba fotográfica y certificados del cinemómetro.
Por todo lo anteriormente expuesto
SOLICITO
Sea admitido el presente escrito y se digne a resolver conforme a Derecho a fin de que sea anulada la denuncia o sobreseído el expediente, o en su defecto, se me remita lo solicitado.
Es justicia que pido en , a .
Fdo. (nombre)
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- Cansino
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#6
Pikasso, El escrito de alegaciones ante una denucia es correctísimo, pero debe ser mucho más largo y citar todos sus artículos y correcciones vigentes sin saltarte ni una. Debes exacerbar el texto todo lo que la retórica y formas del lenguaje jurídico te permitan, sin provocar lo mismo en el administrativo que te toque, claro, para no retarlo al trámite.
El objetivo es cansarlo y que el expediente prescriba. Alguna ventaja tenía que tener esto de que , digámoslo así, en este pais no se trabaja en demasía...
El objetivo es cansarlo y que el expediente prescriba. Alguna ventaja tenía que tener esto de que , digámoslo así, en este pais no se trabaja en demasía...
- Juan Reyes
- Pesao
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- Registrado: 02 Dic 2007 17:56
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#7
Oh... Pues si es posible dar largas con escritos como este, algún ilustrado, que los habrá en este foro, que cuelgue un recurso tipo correcto, para difusión y uso.
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Y si cuela, cuela.
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Y si cuela, cuela.
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ALGO TENDRÁN LAS NEGRAS, DIGO YO.
- pedales
- V.I.P.
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- Ubicación: Beliya (Pablo)
#8
Vale, si quereis algo serio esto os puede servirJuan Reyes escribió:Oh... Pues si es posible dar largas con escritos como este, algún ilustrado, que los habrá en este foro, que cuelgue un recurso tipo correcto, para difusión y uso.
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Y si cuela, cuela.
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http://www.ciao.es/Consejos_y_procedimi ... ion_786449
Pero no digais que os lo he dicho yo
SI PIERDE ACEITE.................ES PORQUE TIENE