DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
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#276 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
La historia continua 2ª Parte:
Como bien he dicho esta mañana, me he acercado a la ITV, siguiendo los pasos que ayer me indico el encargado ojefe de pistas, la cuestión llego pregunto por el director hasta ahi todo bien, lo avisan le comento el tema y me dice que pase con la moto por el pasillo D, que la tiene que ver y el me dira lo que tengo que legalizar como reforma OK, Ohhhhh bendita cara de jil---------s, se me queda cuando me dice que la moto esta perfecta, lo unico que tengo que hacer constar como reforma son las luces anti-niebla, a tal respuesta le explico la nueva ley y me contesta que ha partir del 15 de junio ya se vera y entonces si hace falta ya se pediran papeles , que para el la unica reforma son las luces, todo lo demás y ahí le doy la razón , son accesorios que hay para ese modelo de moto, y todo aquel accesorio que vaya sujetado con tornillos al chasis y que ya vienen en el vehiculo para tal uso no se considera reforma, tras tal explicación le digo adios y muy buenas. ( seguire informando ), saludos
Como bien he dicho esta mañana, me he acercado a la ITV, siguiendo los pasos que ayer me indico el encargado ojefe de pistas, la cuestión llego pregunto por el director hasta ahi todo bien, lo avisan le comento el tema y me dice que pase con la moto por el pasillo D, que la tiene que ver y el me dira lo que tengo que legalizar como reforma OK, Ohhhhh bendita cara de jil---------s, se me queda cuando me dice que la moto esta perfecta, lo unico que tengo que hacer constar como reforma son las luces anti-niebla, a tal respuesta le explico la nueva ley y me contesta que ha partir del 15 de junio ya se vera y entonces si hace falta ya se pediran papeles , que para el la unica reforma son las luces, todo lo demás y ahí le doy la razón , son accesorios que hay para ese modelo de moto, y todo aquel accesorio que vaya sujetado con tornillos al chasis y que ya vienen en el vehiculo para tal uso no se considera reforma, tras tal explicación le digo adios y muy buenas. ( seguire informando ), saludos
K8 DL 650 "La Pelayo"
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#277 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Por fin he podido legalizar el tema 3ª Parte :
Tras salir de la ITV de granollers, he venido a casa mosqueado como una mula ya que ni ellos se aclaran, me he cogido otra chaqueta y me ido a la ITV que fue el amigo pacostrom, la de la Calle Caracas al lado de la maquinista, tras llegar alli explico el tema, avisan al director del centro, me hacen pasar la moto la mira la remira hablamos de la nueva ley y me dice que es una ley que no hay cristiano que la entienda, pero bueno me legaliza como reformas, cubre-carter, defensas laterales, anti-nieblas, puños calefactables, gipro y voltimetro si tal como suena ( Gipro y un voltimetro que marca tambien la temperatura exterior), el que me conozca ya sabra lo que es el famoso bebero , caballete central y no se si alguna cosa más, pantalla ahumada suzuki no hace falta, cubre-manos tampoco y el baul tampoco,tras comprobar todo el director de la ITV, he hecho la declaración jurada he pagado los 2 euros y pico y el martes ir a recojer la ficha tecnica con las reformas incluidas, en fin que lo más importante ya esta solucionado, en fin una autentica tomadura de pelo y tocada de Kinders, visto lo visto se estan reservando las estaciones a pegar los palos a partir del 15 de junio, por cierto el hombre muy atento e incluso me ha enseñado la ley tal y como se les habian pasado a ellos y dicho por el mismo ni el lo tiene claro, pero manda lo que manda, asi que ya sabeis chicos de la comarca y alrededores en la ITV de la Calle caracas CAP PROBLEM , eso si para escribir un libro, saludos y que os sea leve
Tras salir de la ITV de granollers, he venido a casa mosqueado como una mula ya que ni ellos se aclaran, me he cogido otra chaqueta y me ido a la ITV que fue el amigo pacostrom, la de la Calle Caracas al lado de la maquinista, tras llegar alli explico el tema, avisan al director del centro, me hacen pasar la moto la mira la remira hablamos de la nueva ley y me dice que es una ley que no hay cristiano que la entienda, pero bueno me legaliza como reformas, cubre-carter, defensas laterales, anti-nieblas, puños calefactables, gipro y voltimetro si tal como suena ( Gipro y un voltimetro que marca tambien la temperatura exterior), el que me conozca ya sabra lo que es el famoso bebero , caballete central y no se si alguna cosa más, pantalla ahumada suzuki no hace falta, cubre-manos tampoco y el baul tampoco,tras comprobar todo el director de la ITV, he hecho la declaración jurada he pagado los 2 euros y pico y el martes ir a recojer la ficha tecnica con las reformas incluidas, en fin que lo más importante ya esta solucionado, en fin una autentica tomadura de pelo y tocada de Kinders, visto lo visto se estan reservando las estaciones a pegar los palos a partir del 15 de junio, por cierto el hombre muy atento e incluso me ha enseñado la ley tal y como se les habian pasado a ellos y dicho por el mismo ni el lo tiene claro, pero manda lo que manda, asi que ya sabeis chicos de la comarca y alrededores en la ITV de la Calle caracas CAP PROBLEM , eso si para escribir un libro, saludos y que os sea leve
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- Petao
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#278 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Aqui teneis la declaracion.
No tienes los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
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#279 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Gracias petao, por el formulario de la declaración, en mi caso ya lo imprimi y lo rellene, pero el director de la ITV, ha cojido uno suyo y el mismo lo ha rellenado, todo un caballero y como bien he dicho ya he podido lgalizar el tema, no como los de la otra ITV , que ni ellos mismos se aclaran, de todas las maneras gracias por el formulario, saludos
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#280 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Bueno hoy fui a la ITV a pasar la revision de los 4 años y a diligenciar los accesorios.
Inpeccion regular 16,10 € + IVA + tasa de trafico
Diligencias 8,98 € + IVA
Total: 33,19 €
Revision de lo moto de cabo a rabo, decibelios, luces, frenos, ruedas, etc, etc.
Al final me realizan la anotacion en ficha técnica de:
* 2 portaequipajes laterales y 1 central
* Caballete central
* Defensas de motor
* Puños calefactables
* Toma auxiliar de corriente
* Cubrecarter
Y el resultado final de la ITV es desfavorable, por REFORMA DE IMPORTACIA REALIZADA SIN AUTORIZACION (ANCHO TOTAL CUBREMANOS))
Me han tirado la ITV por que los cubre maños exceden 1,5 cm. por cada lado mas del ancho total que indica la ficha técnica que es de 840 mm.
Los he quitado y mañana vuelvo de nuevo.
Esto es un descojone, cada uno aplica lo que quiere.
Rompo una lanza en favor del tecnico que me atendio ya que intento por todos los medios realizar la anotacion de los mismos en la tarjeta pero el ingeniero dijo que no y punto.
Mañana os escaneo el informe.
Un saludo y suerte en el matadero
Inpeccion regular 16,10 € + IVA + tasa de trafico
Diligencias 8,98 € + IVA
Total: 33,19 €
Revision de lo moto de cabo a rabo, decibelios, luces, frenos, ruedas, etc, etc.
Al final me realizan la anotacion en ficha técnica de:
* 2 portaequipajes laterales y 1 central
* Caballete central
* Defensas de motor
* Puños calefactables
* Toma auxiliar de corriente
* Cubrecarter
Y el resultado final de la ITV es desfavorable, por REFORMA DE IMPORTACIA REALIZADA SIN AUTORIZACION (ANCHO TOTAL CUBREMANOS))
Me han tirado la ITV por que los cubre maños exceden 1,5 cm. por cada lado mas del ancho total que indica la ficha técnica que es de 840 mm.
Los he quitado y mañana vuelvo de nuevo.
Esto es un descojone, cada uno aplica lo que quiere.
Rompo una lanza en favor del tecnico que me atendio ya que intento por todos los medios realizar la anotacion de los mismos en la tarjeta pero el ingeniero dijo que no y punto.
Mañana os escaneo el informe.
Un saludo y suerte en el matadero
Vespino NL (1996 - 2000) Telepizza :-)
Suzuki GS500F (2006 - 2010)
Suzuki DL 650 Vstrom ABS (2010 - ????)
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- franstrom
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#281 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
diegogambero escribió:Hola Franstrom, estoy pensando en desplazarme a Estepona para "legalizar" los accesorios, ¿las anotaciones en la Ficha Técnica te las hicieron en el momento o tuviste que pasar otro día a recogerlas?, ¿Se podrá hacer un sábado?Ayer, Lunes 7 de Marzo de 2011, estuve en la estación ITV de Estepona (Málaga). La gestiona VEIASA, empresa pública de la Junta de Andalucía
No puedo ver la declaración que adjuntas ¿es un modelo que te dan ellos?
Un saludo y gracias por tu aportación.
Hola diegogambero!
Me las hicieron esa misma tarde, primero paga$, después pasas la revisión y cuando terminas vuelves a la oficina y te lo ponen en la ficha técnica.
Pide cita previa antes de ir a Estepona, hay días que no hay hueco en la agenda. Tienes los horarios, el plano y el teléfono de cita previa en este enlace:
http://www.foroempresarial.com/empresas ... tepona.htm
Lo acabo de descargar del foro y no me da problemas, inténtalo de nuevo y prueba con otro programa para descomprimir. El sistema solo me deja subirlo en un archivo comprimido.Antonio184 escribió:Compi no he podido abrir el archivo. Si lo pudieras poner sin comprimir.franstrom escribió:Hola compañer@s!
Adjunto el modelo de declaración responsable que he presentado por si alguien lo necesita. Lo he guardado con Microsoft works y va comprimido en zip.
Os deseo suerte en la ITV.
Vssss.
Gracias. Saludos.
En la estación ITV de Málaga Guadalhorce me informaron antes de ir a Estepona y el procedimiento es igual, supongo que en el resto de estaciones ITV de Andalucía es así. Teneis más información en la Web de VEIASA: http://www.veiasa.es/
Suerte
Vssss.
Presten atención a lo que digo, porque escojo las palabras cuidadosamente y no las repetiré otra vez,
soy el quien, el donde, el que y el cuando, y el por qué, es así de simple, porqué puedo
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#282 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Pues si puedo me acercara a mi ITV, con la que tengo algo de confianza, y les preguntare a ver que tal. Lo que me mosquea un poco es que a algunos de vosotros les ha hecho falta el certificado de instalacion y a otros no... sera por barrios...
Ya os cuento como se las gastan por Murcia.
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Rápido y seguro, pero siempre sacando el culo.
Rodilla al suelo!
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#283 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Si no te va bien puedes probar suerte en una de Almería: http://www.foroempresarial.com/empresas ... lmeria.htmch@sIS escribió:Pues si puedo me acercara a mi ITV, con la que tengo algo de confianza, y les preguntare a ver que tal. Lo que me mosquea un poco es que a algunos de vosotros les ha hecho falta el certificado de instalacion y a otros no... sera por barrios...
Ya os cuento como se las gastan por Murcia.
Vssss.
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#284 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Presten atención a lo que digo, porque escojo las palabras cuidadosamente y no las repetiré otra vez,
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#285 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Petao escribió:Aqui teneis la declaracion.
Esa misma es la que he usado yo, la descargué de alguna página que no he vuelto a localizar.
Vssss.
Presten atención a lo que digo, porque escojo las palabras cuidadosamente y no las repetiré otra vez,
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#286 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Gracias Franstrom, a ver si voy para allá, esperemos que no les dé por pedirme certificado de taller instalador... ¿Y si llamo antes de ir?...... Ya os contaré
Saludos.
Saludos.
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#287 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Nuevas noticias de la ITV mas alentadoras...se modifica.
La aplicación del R.D. 866/2010 el pasado Enero, ha generado un alboroto en el sector de la motocicleta; al parecer las ITV's interpretan cada una el R.D. y su aplicación de una manera, y así ocurre que la mayoría aplican como reforma lo que no es, y en los pocos días que tiene en vigor el R.D., ya ha generado una polémica para los usuarios. Los fabricantes de motos y de accesorios están estos días mareados por la Ley en cuestión, y es que puede que el legislador que la ha redactado pensaba más en los coches que en las motos.
La Ley en cuestión se aplica a través del MANUAL DE REFORMAS DE VEHICULOS, y en este indica; que el Real Decreto 866/2010 de 2 de Julio de 2010, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, tiene como objeto unificar criterios de la legislación española en la materia y la emitida por la Unión Europea. Este real decreto, mantiene la coherencia entre la normativa europea de homologación de vehículos y la nacional sobre las reformas de los mismos; su aplicación debe permitir mantener las condiciones de seguridad activa y pasiva de los vehículos y su comportamiento en lo que se refiere a la protección al medio ambiente.
En el Manual, indica todo lo que se considerará reforma en función de tipo de vehículo, así como el proceso que debe realizarse para su homologación. Y es aquí donde las ITV´s le han dado campo ancho a su imaginación, aplicando cada empleado su criterio y no lo que dice el Manual, puesto que muchos consideran reforma todo aquello que no va instalado de origen, y a consecuencia de ello, tiene que estar homologado por un laboratorio autorizado, y montado por un taller autorizado.
Si bien el Manual deja claro donde se aplica y como, también es cierto que en las ITV's tienen que leérselo todo, puesto que en la Sección II, Grupo 8-52 dice textualmente esto:
"No tendrán consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables con herramientas de uso común siempre y cuando sea una instalación sobre el vehículo de modo no permanente y se utilicen los soportes previstos por el fabricante."
Cualquier persona podrá entender que por ejemplo unas maletas no se deben considerar reforma, puesto que son desmontables con herramientas convencionales. Ahora bien, si le has soldado al chasis una estructura para llevar una máquina de afilar cuchillos, si se debe considerar reforma.
Esta polémica ha generado mucho malestar entre las personas que han ido a pasar la ITV de su moto, scooter o ATV, y mucha consulta innecesaria a los concesionarios, talleres, fabricantes, etc. Finalmente, y a consecuencia de todo este malestar, se han reunido las partes implicadas a través de sus representantes (Ministerio de Industria, ANESDOR y AECA), y su diálogo ha sido con el fin de que prevalezca la lógica en la aplicación de la Ley en cuestión.
Así pues, de esta reunión ha salido un consenso según han informado; AECA informará a las ITV's asociadas (95%), para que no consideren reforma elementos muy habituales en el sector de la motocicleta como pueden ser: maletas y baúles si son desmontables, cubremanos si son de material flexible, soportes de maletas que no sobresalgan de la carrocería, topes anticaidas con dimensiones razonables y formas redondeadas, neumáticos que no excedan en un 3% las medidas originales y siempre que tengan códigos de carga y velocidad igual o superior, y algunos más que nos consta, pero que por no tener ningún documento que los detalle, no podemos enumerarlos todos.
A partir de ahora, en teoría deben de ir desapareciendo estos "fantasmas" de las ITV's y deberán aplicar la lógica, así pues; si tienes que pasar la ITV, comienza a ver que le has montado y si este elemento tiene lógica y no genera peligro para quienes se acercan a la moto (elementos que sobresalen, cortantes, punzantes, etc.) Y si tu crees que está dentro de esa lógica y el empleado considera que no, siempre te cabe la posibilidad de pedir la hoja de reclamaciones, y redactar una queja enumerando muy detalladamente el porqué y el cómo, acompañando unas fotos que tú mismo puedes realizar in situ con tu móvil.
Si el empleado de la ITV te ve con firmeza y seguridad de lo que estás haciendo, al menos seguro que reflexionará y consultará con el jefe de línea, con lo que tendrás otro punto de vista de un superior, que igual "reblandece" la cuestión para no llegar a cumplimentar la hoja de reclamaciones. Pero en cualquier caso, debes defender la Ley y la lógica con todos tus derechos de usuario.
La aplicación del R.D. 866/2010 el pasado Enero, ha generado un alboroto en el sector de la motocicleta; al parecer las ITV's interpretan cada una el R.D. y su aplicación de una manera, y así ocurre que la mayoría aplican como reforma lo que no es, y en los pocos días que tiene en vigor el R.D., ya ha generado una polémica para los usuarios. Los fabricantes de motos y de accesorios están estos días mareados por la Ley en cuestión, y es que puede que el legislador que la ha redactado pensaba más en los coches que en las motos.
La Ley en cuestión se aplica a través del MANUAL DE REFORMAS DE VEHICULOS, y en este indica; que el Real Decreto 866/2010 de 2 de Julio de 2010, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, tiene como objeto unificar criterios de la legislación española en la materia y la emitida por la Unión Europea. Este real decreto, mantiene la coherencia entre la normativa europea de homologación de vehículos y la nacional sobre las reformas de los mismos; su aplicación debe permitir mantener las condiciones de seguridad activa y pasiva de los vehículos y su comportamiento en lo que se refiere a la protección al medio ambiente.
En el Manual, indica todo lo que se considerará reforma en función de tipo de vehículo, así como el proceso que debe realizarse para su homologación. Y es aquí donde las ITV´s le han dado campo ancho a su imaginación, aplicando cada empleado su criterio y no lo que dice el Manual, puesto que muchos consideran reforma todo aquello que no va instalado de origen, y a consecuencia de ello, tiene que estar homologado por un laboratorio autorizado, y montado por un taller autorizado.
Si bien el Manual deja claro donde se aplica y como, también es cierto que en las ITV's tienen que leérselo todo, puesto que en la Sección II, Grupo 8-52 dice textualmente esto:
"No tendrán consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables con herramientas de uso común siempre y cuando sea una instalación sobre el vehículo de modo no permanente y se utilicen los soportes previstos por el fabricante."
Cualquier persona podrá entender que por ejemplo unas maletas no se deben considerar reforma, puesto que son desmontables con herramientas convencionales. Ahora bien, si le has soldado al chasis una estructura para llevar una máquina de afilar cuchillos, si se debe considerar reforma.
Esta polémica ha generado mucho malestar entre las personas que han ido a pasar la ITV de su moto, scooter o ATV, y mucha consulta innecesaria a los concesionarios, talleres, fabricantes, etc. Finalmente, y a consecuencia de todo este malestar, se han reunido las partes implicadas a través de sus representantes (Ministerio de Industria, ANESDOR y AECA), y su diálogo ha sido con el fin de que prevalezca la lógica en la aplicación de la Ley en cuestión.
Así pues, de esta reunión ha salido un consenso según han informado; AECA informará a las ITV's asociadas (95%), para que no consideren reforma elementos muy habituales en el sector de la motocicleta como pueden ser: maletas y baúles si son desmontables, cubremanos si son de material flexible, soportes de maletas que no sobresalgan de la carrocería, topes anticaidas con dimensiones razonables y formas redondeadas, neumáticos que no excedan en un 3% las medidas originales y siempre que tengan códigos de carga y velocidad igual o superior, y algunos más que nos consta, pero que por no tener ningún documento que los detalle, no podemos enumerarlos todos.
A partir de ahora, en teoría deben de ir desapareciendo estos "fantasmas" de las ITV's y deberán aplicar la lógica, así pues; si tienes que pasar la ITV, comienza a ver que le has montado y si este elemento tiene lógica y no genera peligro para quienes se acercan a la moto (elementos que sobresalen, cortantes, punzantes, etc.) Y si tu crees que está dentro de esa lógica y el empleado considera que no, siempre te cabe la posibilidad de pedir la hoja de reclamaciones, y redactar una queja enumerando muy detalladamente el porqué y el cómo, acompañando unas fotos que tú mismo puedes realizar in situ con tu móvil.
Si el empleado de la ITV te ve con firmeza y seguridad de lo que estás haciendo, al menos seguro que reflexionará y consultará con el jefe de línea, con lo que tendrás otro punto de vista de un superior, que igual "reblandece" la cuestión para no llegar a cumplimentar la hoja de reclamaciones. Pero en cualquier caso, debes defender la Ley y la lógica con todos tus derechos de usuario.
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#288 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Muy útil txili, y muy interesante. Gracias por tu aporte.....
- txili
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#289 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
De nada , mejor agradece con el simbolito de la mano , nada que veo que no lo tiene , no sé que norma rige ese símbolo.MOTRILES escribió:Muy útil txili, y muy interesante. Gracias por tu aporte.....
aunque todavía esto dará mil vueltas esperemos que para junio esté todo bien resuelto.
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- Petao
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#290 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Hola, txili.
¿De donde has sacado esa noticia, es del BOE, periodico, revista?, por cierto ya estoy en duda, mas de uno habeis indicado 14 de Junio como fecha tope, para que no te pidan una burrada de documentacion, pero si la ley da 6 meses de plazo, seria el 14 de Julio el ultimo dia y no el 14 de Junio, que alguien lo aclare.
V'sss
¿De donde has sacado esa noticia, es del BOE, periodico, revista?, por cierto ya estoy en duda, mas de uno habeis indicado 14 de Junio como fecha tope, para que no te pidan una burrada de documentacion, pero si la ley da 6 meses de plazo, seria el 14 de Julio el ultimo dia y no el 14 de Junio, que alguien lo aclare.
V'sss
- navarkina
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#291 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
...aqui ahora mismo en CLM está de tal manera que se legalizan los accesorios con la declaracion jurada y con tasa de reforma,pero se oye,y casi seguro que va a ser verdad,que en vez de haber una moratoria de seis meses,la alargaran a de tres años,con lo cual,se podrá hacer todo de manera mas tranquila y se podrá esperar a que te toque la periodica y aprovechar el viaje....
...por donde vayas, de los tuyos haya....
[url]C:\Documents and Settings\pc\Escritorio\42746729610282672861308[1].jpg[/url]
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- txili
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#292 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
que sepa yo , por lo que han comentado compañeros la moratoria de 6meses se ha cambiado , a el plazo de la primera itv.
y es 14de julio no junio,
y es 14de julio no junio,
Si no montas no lo vives, si no lo vives, no lo entiendes
- vespitrom
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#293 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
txili escribió:que sepa yo , por lo que han comentado compañeros la moratoria de 6meses se ha cambiado , a el plazo de la primera itv. y es 14de julio
Pero escrito no lo hemos visto de momento
Salu2
Con la moto hay que tener presente que somos invisibles para casi todos los conductores.
- Petao
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#294 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Eso es lo que yo quiero, verlo escrito al igual que el decreto, en un BOE, que despues vienen los chascos y los cuentos chinos para sacar mas pasta.vespitrom escribió:txili escribió:que sepa yo , por lo que han comentado compañeros la moratoria de 6meses se ha cambiado , a el plazo de la primera itv. y es 14de julio
Pero escrito no lo hemos visto de momento
Salu2
V'sss
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#295 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Incidiendo en lo ya dicho, añado una nota publicada por la Dirección General de Industria:
Madrid, 10 de enero de 2011
Dirección general de industria.
Subdirección general de calidad y seguridad industrial
A consecuencia de numerosas consultas relativas a la aplicación de Real Decreto 866/2010, de 2 de Julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos y su manual de reformas, recibidas en esta Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial y formuladas por diferentes agentes económicos del sector, esta Unidad administrativa, como Autoridad de homologación formula las precisiones siguientes.
En primer lugar se recuerda la definición de lo que se entiende por una reforma realizada en un vehículo y desarrollada en el apartado 18 del artículo 3 del Real Decreto 866/2010 de 2 de Julio, donde se expresa:
"Reforma de vehículo: Toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación y en remolques ligeros después de ser autorizados a circular, que o bien cambia alguna de las características del mismo, o es susceptible de alterar los requisitos reglamentariamente aplicables contenidos en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de Junio por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de parte y piezas de dichos vehículos"
En su virtud, esta Autoridad de homologación considera que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículoy que no cambie las características por las que un vehículo puede ser definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos no debe ser considerada como reforma del vehículo.
Asimismo y por coherencia con el propósito de esta disposición, una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión, efectuada en un vehículo que signifique la incorporación o supresión de elementos o dispositivos cuya instalación o desmontaje no requiera herramienta alguna o pueda realizarse con las herramientas normales suministradas por el fabricante del vehículo en cuestión, no deben considerarse reformas. Sin embargo, aquellos elementos, dispositivos o accesorios de funcionamiento eléctrico o electrónico que se incorporen al vehículo, deben cumplir los requisitos aplicables relativos a la compatibilidad electromagnética.
Madrid, 10 de enero de 2011
Dirección general de industria.
Subdirección general de calidad y seguridad industrial
A consecuencia de numerosas consultas relativas a la aplicación de Real Decreto 866/2010, de 2 de Julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos y su manual de reformas, recibidas en esta Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial y formuladas por diferentes agentes económicos del sector, esta Unidad administrativa, como Autoridad de homologación formula las precisiones siguientes.
En primer lugar se recuerda la definición de lo que se entiende por una reforma realizada en un vehículo y desarrollada en el apartado 18 del artículo 3 del Real Decreto 866/2010 de 2 de Julio, donde se expresa:
"Reforma de vehículo: Toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación y en remolques ligeros después de ser autorizados a circular, que o bien cambia alguna de las características del mismo, o es susceptible de alterar los requisitos reglamentariamente aplicables contenidos en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de Junio por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de parte y piezas de dichos vehículos"
En su virtud, esta Autoridad de homologación considera que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículoy que no cambie las características por las que un vehículo puede ser definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos no debe ser considerada como reforma del vehículo.
Asimismo y por coherencia con el propósito de esta disposición, una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión, efectuada en un vehículo que signifique la incorporación o supresión de elementos o dispositivos cuya instalación o desmontaje no requiera herramienta alguna o pueda realizarse con las herramientas normales suministradas por el fabricante del vehículo en cuestión, no deben considerarse reformas. Sin embargo, aquellos elementos, dispositivos o accesorios de funcionamiento eléctrico o electrónico que se incorporen al vehículo, deben cumplir los requisitos aplicables relativos a la compatibilidad electromagnética.
Nemo dat quod non habet
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#296 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Hola a todos, bueno, acabo de hablar con un Técnico de la I.T.V. de Estepona (el cual me ha atendido muy correctamente), le he comentado los accesorios que tengo instalados (cubrepuños, defensas, soportes maletas, caballetes) y me dice que en un principio no se considerarían reformas, ya que van alojados en los emplazamientos adecuados por el fabricante, pero que de todas formas, para anotarlos en la Ficha Técnica, ya, tendría que pasar una I.T.V. completa y presentar la declaración responsable. Por lo tanto, me ha aconsejado que espere hasta la próxima ITV que me toque (Octubre 2012) o que vuelva a llamar en Junio o Julio a ver como está el tema.
Así que esperaré, y volveré a llamar en esos meses, y si tengo que pasar una ITV completa.... pues habrá que pasarla, porque no fio de esperar hasta el 2012 y que luego me pidan hasta la partida de nacimiento del Japonés que montó la moto.
Sigo pendiente del tema este........
Así que esperaré, y volveré a llamar en esos meses, y si tengo que pasar una ITV completa.... pues habrá que pasarla, porque no fio de esperar hasta el 2012 y que luego me pidan hasta la partida de nacimiento del Japonés que montó la moto.
Sigo pendiente del tema este........
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- RALPH
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#297 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
pues lo mismo que ha puesto el amigo TXILI pero abreviado,viene en la revista motociclismo de esta semana
- Petao
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#298 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Adjunto el documento, no se si este documento llegara a las ITVs, por que con esto practicamente no hay reforma, todo lo que tenemos la mayoria es desmontable.
V'sss
V'sss
No tienes los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
- juanjeras
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#299 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
http://www.mototres.net/noticias/1-moto ... -moto.html
La aplicación del R.D. 866/2010 el pasado Enero, ha generado un alboroto en el sector de la motocicleta; al parecer las ITV's interpretan cada una el R.D. y su aplicación de una manera, y así ocurre que la mayoría aplican como reforma lo que no es, y en los pocos días que tiene en vigor el R.D., ya ha generado una polémica para los usuarios. Los fabricantes de motos y de accesorios están estos días mareados por la Ley en cuestión, y es que puede que el legislador que la ha redactado pensaba más en los coches que en las motos.
La Ley en cuestión se aplica a través del MANUAL DE REFORMAS DE VEHICULOS, y en este indica; que el Real Decreto 866/2010 de 2 de Julio de 2010, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, tiene como objeto unificar criterios de la legislación española en la materia y la emitida por la Unión Europea. Este real decreto, mantiene la coherencia entre la normativa europea de homologación de vehículos y la nacional sobre las reformas de los mismos; su aplicación debe permitir mantener las condiciones de seguridad activa y pasiva de los vehículos y su comportamiento en lo que se refiere a la protección al medio ambiente.
En el Manual, indica todo lo que se considerará reforma en función de tipo de vehículo, así como el proceso que debe realizarse para su homologación. Y es aquí donde las ITV´s le han dado campo ancho a su imaginación, aplicando cada empleado su criterio y no lo que dice el Manual, puesto que muchos consideran reforma todo aquello que no va instalado de origen, y a consecuencia de ello, tiene que estar homologado por un laboratorio autorizado, y montado por un taller autorizado.
Si bien el Manual deja claro donde se aplica y como, también es cierto que en las ITV's tienen que leérselo todo, puesto que en la Sección II, Grupo 8-52 dice textualmente esto:
"No tendrán consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables con herramientas de uso común siempre y cuando sea una instalación sobre el vehículo de modo no permanente y se utilicen los soportes previstos por el fabricante."
Cualquier persona podrá entender que por ejemplo unas maletas no se deben considerar reforma, puesto que son desmontables con herramientas convencionales. Ahora bien, si le has soldado al chasis una estructura para llevar una máquina de afilar cuchillos, si se debe considerar reforma.
Esta polémica ha generado mucho malestar entre las personas que han ido a pasar la ITV de su moto, scooter o ATV, y mucha consulta innecesaria a los concesionarios, talleres, fabricantes, etc. Finalmente, y a consecuencia de todo este malestar, se han reunido las partes implicadas a través de sus representantes (Ministerio de Industria, ANESDOR y AECA), y su diálogo ha sido con el fin de que prevalezca la lógica en la aplicación de la Ley en cuestión.
Así pues, de esta reunión ha salido un consenso según han informado; AECA informará a las ITV's asociadas (95%), para que no consideren reforma elementos muy habituales en el sector de la motocicleta como pueden ser: maletas y baúles si son desmontables, cubremanos si son de material flexible, soportes de maletas que no sobresalgan de la carrocería, topes anticaidas con dimensiones razonables y formas redondeadas, neumáticos que no excedan en un 3% las medidas originales y siempre que tengan códigos de carga y velocidad igual o superior, y algunos más que nos consta, pero que por no tener ningún documento que los detalle, no podemos enumerarlos todos.
A partir de ahora, en teoría deben de ir desapareciendo estos "fantasmas" de las ITV's y deberán aplicar la lógica, así pues; si tienes que pasar la ITV, comienza a ver que le has montado y si este elemento tiene lógica y no genera peligro para quienes se acercan a la moto (elementos que sobresalen, cortantes, punzantes, etc.) Y si tu crees que está dentro de esa lógica y el empleado considera que no, siempre te cabe la posibilidad de pedir la hoja de reclamaciones, y redactar una queja enumerando muy detalladamente el porqué y el cómo, acompañando unas fotos que tú mismo puedes realizar in situ con tu móvil.
Si el empleado de la ITV te ve con firmeza y seguridad de lo que estás haciendo, al menos seguro que reflexionará y consultará con el jefe de línea, con lo que tendrás otro punto de vista de un superior, que igual "reblandece" la cuestión para no llegar a cumplimentar la hoja de reclamaciones. Pero en cualquier caso, debes defender la Ley y la lógica con todos tus derechos de usuario.
La aplicación del R.D. 866/2010 el pasado Enero, ha generado un alboroto en el sector de la motocicleta; al parecer las ITV's interpretan cada una el R.D. y su aplicación de una manera, y así ocurre que la mayoría aplican como reforma lo que no es, y en los pocos días que tiene en vigor el R.D., ya ha generado una polémica para los usuarios. Los fabricantes de motos y de accesorios están estos días mareados por la Ley en cuestión, y es que puede que el legislador que la ha redactado pensaba más en los coches que en las motos.
La Ley en cuestión se aplica a través del MANUAL DE REFORMAS DE VEHICULOS, y en este indica; que el Real Decreto 866/2010 de 2 de Julio de 2010, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, tiene como objeto unificar criterios de la legislación española en la materia y la emitida por la Unión Europea. Este real decreto, mantiene la coherencia entre la normativa europea de homologación de vehículos y la nacional sobre las reformas de los mismos; su aplicación debe permitir mantener las condiciones de seguridad activa y pasiva de los vehículos y su comportamiento en lo que se refiere a la protección al medio ambiente.
En el Manual, indica todo lo que se considerará reforma en función de tipo de vehículo, así como el proceso que debe realizarse para su homologación. Y es aquí donde las ITV´s le han dado campo ancho a su imaginación, aplicando cada empleado su criterio y no lo que dice el Manual, puesto que muchos consideran reforma todo aquello que no va instalado de origen, y a consecuencia de ello, tiene que estar homologado por un laboratorio autorizado, y montado por un taller autorizado.
Si bien el Manual deja claro donde se aplica y como, también es cierto que en las ITV's tienen que leérselo todo, puesto que en la Sección II, Grupo 8-52 dice textualmente esto:
"No tendrán consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables con herramientas de uso común siempre y cuando sea una instalación sobre el vehículo de modo no permanente y se utilicen los soportes previstos por el fabricante."
Cualquier persona podrá entender que por ejemplo unas maletas no se deben considerar reforma, puesto que son desmontables con herramientas convencionales. Ahora bien, si le has soldado al chasis una estructura para llevar una máquina de afilar cuchillos, si se debe considerar reforma.
Esta polémica ha generado mucho malestar entre las personas que han ido a pasar la ITV de su moto, scooter o ATV, y mucha consulta innecesaria a los concesionarios, talleres, fabricantes, etc. Finalmente, y a consecuencia de todo este malestar, se han reunido las partes implicadas a través de sus representantes (Ministerio de Industria, ANESDOR y AECA), y su diálogo ha sido con el fin de que prevalezca la lógica en la aplicación de la Ley en cuestión.
Así pues, de esta reunión ha salido un consenso según han informado; AECA informará a las ITV's asociadas (95%), para que no consideren reforma elementos muy habituales en el sector de la motocicleta como pueden ser: maletas y baúles si son desmontables, cubremanos si son de material flexible, soportes de maletas que no sobresalgan de la carrocería, topes anticaidas con dimensiones razonables y formas redondeadas, neumáticos que no excedan en un 3% las medidas originales y siempre que tengan códigos de carga y velocidad igual o superior, y algunos más que nos consta, pero que por no tener ningún documento que los detalle, no podemos enumerarlos todos.
A partir de ahora, en teoría deben de ir desapareciendo estos "fantasmas" de las ITV's y deberán aplicar la lógica, así pues; si tienes que pasar la ITV, comienza a ver que le has montado y si este elemento tiene lógica y no genera peligro para quienes se acercan a la moto (elementos que sobresalen, cortantes, punzantes, etc.) Y si tu crees que está dentro de esa lógica y el empleado considera que no, siempre te cabe la posibilidad de pedir la hoja de reclamaciones, y redactar una queja enumerando muy detalladamente el porqué y el cómo, acompañando unas fotos que tú mismo puedes realizar in situ con tu móvil.
Si el empleado de la ITV te ve con firmeza y seguridad de lo que estás haciendo, al menos seguro que reflexionará y consultará con el jefe de línea, con lo que tendrás otro punto de vista de un superior, que igual "reblandece" la cuestión para no llegar a cumplimentar la hoja de reclamaciones. Pero en cualquier caso, debes defender la Ley y la lógica con todos tus derechos de usuario.
De Antonio aprendí a cantar, de Pepe la actitud y de Johnny Cifuentes la dignidad..."
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- Cansino
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#300 Re: DEBATE NUEVA LEY SOBRE REFORMAS DE VEHICULOS
Sigo pensando que seria conveniente preparar KDD-ITV por zonas para ir todos juntos, de esa forma siempre podriamos hacer mas presion a la hora de reclamar cualquier incongruencia.juanjeras escribió:
A partir de ahora, en teoría deben de ir desapareciendo estos "fantasmas" de las ITV's y deberán aplicar la lógica, así pues; si tienes que pasar la ITV, comienza a ver que le has montado y si este elemento tiene lógica y no genera peligro para quienes se acercan a la moto (elementos que sobresalen, cortantes, punzantes, etc.) Y si tu crees que está dentro de esa lógica y el empleado considera que no, siempre te cabe la posibilidad de pedir la hoja de reclamaciones, y redactar una queja enumerando muy detalladamente el porqué y el cómo, acompañando unas fotos que tú mismo puedes realizar in situ con tu móvil.
Si el empleado de la ITV te ve con firmeza y seguridad de lo que estás haciendo, al menos seguro que reflexionará y consultará con el jefe de línea, con lo que tendrás otro punto de vista de un superior, que igual "reblandece" la cuestión para no llegar a cumplimentar la hoja de reclamaciones. Pero en cualquier caso, debes defender la Ley y la lógica con todos tus derechos de usuario.