Me refiero en una finca particular o algo parecido.
No vale que si fueras de la familia real lo harias
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Al que me de una respuesta sensata y coherente lo invito a unas birras de las de verdad.
Que malo es estar aburrido :wa) :wa) :-1 :-1 :-4 :-4
Moderadores: Ultimo Mohicano, Emecé, Cheri
:ch) :ch) :ch) para ti@ngel escribió:Salva, no es que no se pueda. Todo está regulado por ordenanzas municipales (en Cataluña existe una ley que lo regula también, si mal no recuerdo la 2/97).
Esta regulado que sea en los lugares autorizados por los ayuntamientos, incluso para trasladar de una localidad a otra el cuerpo del fallecido es necesario contar con el permiso oportuno y hacerlo en ataud de diversas características en función de dónde se traslade el cuerpo.
Y paro ya, que el tema me pone los pelos de punta.