Duda sobre limitación a 34 CV
#1 Duda sobre limitación a 34 CV
Hola compañeros:
Soy nuevo en este mundo de las motos por lo que os agradezco de antemano vuestra comprensión ante mi ignorancia en mucho de los temas que aquí se tratan.
El caso es que hace unos días y después de obtener el permiso de clase A, he comprado la V-Stron 650 limitada, claro está, a 34 CV. Me han cobrado 300€ por la limitación y tengo una duda.
No es que pretenda ni mucho menos quitarle la limitación, no sólo por temas legales sino más que nada por mi inexperiencia. Si pasados estos dos años quisiera quitar la limitación, y con el fin de ahorrarme algún dinerillo, ¿es muy complicado hacerlo por uno mismo?, si no fuera así, ¿podríais explicarme como hacerlo?
Aprovecho este post para comentar que habiendo leido los post referentes a las "turbulencias de la V-Stron" así como su estabilidad/inestabilidad cuando hay viento, ¿a que me tengo que atener cuando hablamos de la de 650?, ¿se ha mejorado el tema de las turbulencias que segú parece produce la colocación de los espejos?.
Muchas preguntas en un solo post, lo sé.................Lo que vosotros podais....
Un saludo y gracias a todos los de este foro por la ayuda que con vuestros comentarios me estais proporcionando.
Soy nuevo en este mundo de las motos por lo que os agradezco de antemano vuestra comprensión ante mi ignorancia en mucho de los temas que aquí se tratan.
El caso es que hace unos días y después de obtener el permiso de clase A, he comprado la V-Stron 650 limitada, claro está, a 34 CV. Me han cobrado 300€ por la limitación y tengo una duda.
No es que pretenda ni mucho menos quitarle la limitación, no sólo por temas legales sino más que nada por mi inexperiencia. Si pasados estos dos años quisiera quitar la limitación, y con el fin de ahorrarme algún dinerillo, ¿es muy complicado hacerlo por uno mismo?, si no fuera así, ¿podríais explicarme como hacerlo?
Aprovecho este post para comentar que habiendo leido los post referentes a las "turbulencias de la V-Stron" así como su estabilidad/inestabilidad cuando hay viento, ¿a que me tengo que atener cuando hablamos de la de 650?, ¿se ha mejorado el tema de las turbulencias que segú parece produce la colocación de los espejos?.
Muchas preguntas en un solo post, lo sé.................Lo que vosotros podais....
Un saludo y gracias a todos los de este foro por la ayuda que con vuestros comentarios me estais proporcionando.
#2
Se tarda no más de 2 minutos y no creo que nadie te cobre por eso.
Sobre las turbulencias tendrás que ir probando que altura te va mejor, y cuando sople viento reduce la velocidad y agarrate fuerte.
Venga disfruta de la maquina y no te comas el coco con la limitación, turbulencias y demás problemas
:ch)
Sobre las turbulencias tendrás que ir probando que altura te va mejor, y cuando sople viento reduce la velocidad y agarrate fuerte.
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- Asiduo
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#4
La has comprado en un Oficial o en un paralelo? Lo digo porque tengo un compi que la compró en un paralelo y la limitación no consistió en cambiar la centralita (conserva la original) sino en un control del acelerador y no se que mas poll.... porque cuando me enseñó los papeles de lo que le habían hecho no entendía nada
Si es oficial, la limitación consiste en una nueva centralita que se puede cambiar por la original ( te la tienen que haber dado, sino reclamala) en un pis-pas, se 'desenchufa' una y se 'enchufa' la otra.
Saludos,
Si es oficial, la limitación consiste en una nueva centralita que se puede cambiar por la original ( te la tienen que haber dado, sino reclamala) en un pis-pas, se 'desenchufa' una y se 'enchufa' la otra.
Saludos,
V'sssssssss
Socio MGM nº6874
Socio MGM nº6874
#5
Hablando de esta tema me entra una duda, si al pasar los 2 años se cambia la centralita sin pasar la ITV y el correspondiente papeleo la moto estaría circulando ilegalmente por modificar las características de la moto sin pasar la ITV, o sea el paso a seguir seria cojer la moto llevarla al concesionario, cambiar centralita, Justificante del cambio y después pasar la ITV. Esto es así o estoy equivocado.
:ch)
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#6
ccop escribió:Hablando de esta tema me entra una duda, si al pasar los 2 años se cambia la centralita sin pasar la ITV y el correspondiente papeleo la moto estaría circulando ilegalmente por modificar las características de la moto sin pasar la ITV, o sea el paso a seguir seria cojer la moto llevarla al concesionario, cambiar centralita, Justificante del cambio y después pasar la ITV. Esto es así o estoy equivocado.
:ch)
ummmm..... muy lógica la duda, en mi opinion deberia volver a pasar la ITV..... ¡opino como tu!
salu2
#7
Os comento.Me han dado la centralita original y por lo que veo ni supone complejidad si decido cambiarla por mi mismo ni dinero si lo hago pasado dos años en un servicio oficial.
Respondiendo a otras cuestiones, yo la compré en un servicio oficial Suzuki y por lo que me han informado la limitación sólo consiste en cambiar la centralita.
Gracias por los ánimos respecto a el viento y demás y espero disfrutarla.
Por cierto, efectivamente, hay que pasar de nuevo la ITV pasados los dos años y siempre que decidas quitar la limitación para que así conste en la Tarjeta de inspección técnica de la moto.
Respondiendo a otras cuestiones, yo la compré en un servicio oficial Suzuki y por lo que me han informado la limitación sólo consiste en cambiar la centralita.
Gracias por los ánimos respecto a el viento y demás y espero disfrutarla.
Por cierto, efectivamente, hay que pasar de nuevo la ITV pasados los dos años y siempre que decidas quitar la limitación para que así conste en la Tarjeta de inspección técnica de la moto.
#8
Hola JAVIPIKI bienvenido a esta casa de locos. Nos creiamos que eramos pocos pero veo que no, estudiare pa lokero, sera un chollo.
Bueno despues del saluda vamos al tema.
Yo compre mi Leti hace una año nueva tbm y tbm nuevo con el A, pero no en experiencia de conducir.
Lo que hizo mi concesionario fue llevarmela a la ITV para supuestamente ponerme el kit de limitación, que por supuesto no se lo puse :-3 pero si me dieron el pape como que si esta limitada. Asi k lo siento macho, pero no se ni como se pone ni se kita.
Ya se que voy de ilegal, pero mi cuaño Motorista de la Guardia Civil, me dijo que para que la GC te lo compruebe, deberian llevarte a un banco de pruebas, cosa, que si le enseñas los papeles no perderan ese tiempo y además hay pocos bancos de pruebas para motos. Asi k, me arriesgo y me la juego, pero disfruto como nadie.
Cuando veas a tu vecino tirarse por el 5, no lo hagas tu tampoco :-3
Un saludo, disfrutala y estamos aki pa lo que quieras, pero te recuerdo que la maquina de hacer Euros, no me la han traio los reyes todavia ;-3
Bueno despues del saluda vamos al tema.
Yo compre mi Leti hace una año nueva tbm y tbm nuevo con el A, pero no en experiencia de conducir.
Lo que hizo mi concesionario fue llevarmela a la ITV para supuestamente ponerme el kit de limitación, que por supuesto no se lo puse :-3 pero si me dieron el pape como que si esta limitada. Asi k lo siento macho, pero no se ni como se pone ni se kita.
Ya se que voy de ilegal, pero mi cuaño Motorista de la Guardia Civil, me dijo que para que la GC te lo compruebe, deberian llevarte a un banco de pruebas, cosa, que si le enseñas los papeles no perderan ese tiempo y además hay pocos bancos de pruebas para motos. Asi k, me arriesgo y me la juego, pero disfruto como nadie.
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- Luipy
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#9
ccop escribió:Hablando de esta tema me entra una duda, si al pasar los 2 años se cambia la centralita sin pasar la ITV y el correspondiente papeleo la moto estaría circulando ilegalmente por modificar las características de la moto sin pasar la ITV, o sea el paso a seguir seria cojer la moto llevarla al concesionario, cambiar centralita, Justificante del cambio y después pasar la ITV. Esto es así o estoy equivocado.
:ch)
Efectivamente , hay que pedir un papel a Suzuki y despues pasar la ITV, en la documentacion ponen que se ha vuelto a la potencia original..
Respecto a que la G.C. no pueda saber si la tienes limitada a mi me surgen dudas, Suzuki da un papel en el que dice que tal nº de centralita limita la pontencia de tal moto, si tu vas con la centralita original ( sin limitar ) el nº no coincide.
Un saludo. :ch)
Que buenos ratos!
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#10
Más que por el tema de la GC yo le veo el problema del seguro, en caso de accidente y reclamación de daños (espero que no te pase) se agarrarían a cualquier cosa para dejarte con el culo al aire.CEUTA3 escribió:Lo que hizo mi concesionario fue llevarmela a la ITV para supuestamente ponerme el kit de limitación, que por supuesto no se lo puse :-3 pero si me dieron el pape como que si esta limitada. Asi k lo siento macho, pero no se ni como se pone ni se kita.
Ya se que voy de ilegal, pero mi cuaño Motorista de la Guardia Civil, me dijo que para que la GC te lo compruebe, deberian llevarte a un banco de pruebas, cosa, que si le enseñas los papeles no perderan ese tiempo y además hay pocos bancos de pruebas para motos. Asi k, me arriesgo y me la juego, pero disfruto como nadie.
Cuando veas a tu vecino tirarse por el 5, no lo hagas tu tampoco :-3
Un saludo, disfrutala y estamos aki pa lo que quieras, pero te recuerdo que la maquina de hacer Euros, no me la han traio los reyes todavia ;-3
Saludos :wa)
- Luipy
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#11
Si señor, la documentacion tiene que tener 2 sellos de la ITV uno cuando lo pones y otro cuando lo quitas.ccop escribió:Hablando de esta tema me entra una duda, si al pasar los 2 años se cambia la centralita sin pasar la ITV y el correspondiente papeleo la moto estaría circulando ilegalmente por modificar las características de la moto sin pasar la ITV, o sea el paso a seguir seria cojer la moto llevarla al concesionario, cambiar centralita, Justificante del cambio y después pasar la ITV. Esto es así o estoy equivocado.
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Que buenos ratos!
#12
Resumiendo: Esta normativa es la tontería mas grande inventada en el mundo de la moto que solo sirve para gastarse mas pasta. Y lo mas chistoso es que trafico no tiene forma de controlarlo por no estar equipados, como se van a gastar la pasta en bancadas de potencia si con radares sacan mucho mas beneficio. Y desde que salio esta ley aun no conozco ningún caso de que el seguro investigue si la moto esta o no limitada, o se desentienda por no estar limitada la moto cuando la gran mayoría circulan sin limitar. Ni en la ITV comprueban si se cambio la centralita.... un cachondeo total.
:ch)
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- Cansino
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#13
Hola chicos.
Yo tambien soy uno de los limitados. Creo que llevar una moto sin limitar cuando la deberias llevar limitada implica varios peligros:
1.- Observando mi permiso de conducir, me doy cuenta de que para llevar motos de mas de 34cv, no tengo permiso hasta el 2006. SI QUITO LA LIMITACION ESTOY CONDUCIENDO SIN CARNET!!!!!!!!
2.- En caso de accidente (ojala no nos pase nunca) si el seguro lo descubre, puede lavarse las manos. Y SEGURO QUE LO HARA. MENUDOS SON ESTOS. Que puede suceder: Imagina que tienes que resoponder de daños a materiales(otro vehiculo) o lo que es peor, a otras personas. PUEDES IR A LA RUINA ECONOMICA, Y A LA CARCEL.
3.- En mi caso, en la portada de la tarjeta de inspeccion tecnican han escrito a maquina la reforma (menos potencia) y como se ha hecho (cambiando la centralita modelo Tal por la modelo Pascual), con lo cual es bastante facil comprobar si está limitada o no.
Asi que, resumiendo, mi consejo es ID LEGALES.
Ya se que es un sacacuartos, y una tonteria, pero si lo incumples, te juegas mucho.
Yo tambien soy uno de los limitados. Creo que llevar una moto sin limitar cuando la deberias llevar limitada implica varios peligros:
1.- Observando mi permiso de conducir, me doy cuenta de que para llevar motos de mas de 34cv, no tengo permiso hasta el 2006. SI QUITO LA LIMITACION ESTOY CONDUCIENDO SIN CARNET!!!!!!!!
2.- En caso de accidente (ojala no nos pase nunca) si el seguro lo descubre, puede lavarse las manos. Y SEGURO QUE LO HARA. MENUDOS SON ESTOS. Que puede suceder: Imagina que tienes que resoponder de daños a materiales(otro vehiculo) o lo que es peor, a otras personas. PUEDES IR A LA RUINA ECONOMICA, Y A LA CARCEL.
3.- En mi caso, en la portada de la tarjeta de inspeccion tecnican han escrito a maquina la reforma (menos potencia) y como se ha hecho (cambiando la centralita modelo Tal por la modelo Pascual), con lo cual es bastante facil comprobar si está limitada o no.
Asi que, resumiendo, mi consejo es ID LEGALES.
Ya se que es un sacacuartos, y una tonteria, pero si lo incumples, te juegas mucho.
Última edición por Acuen el 13 Jun 2005 16:14, editado 2 veces en total.
SaludoV'ssssssss y
Socio M.G.M Nº: 11017
Los chicos buenos van al cielo, los chicos malos al infierno, y los chicos con moto vamos donde queremos.
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#14
No puedo estar más de acuerdo contigo. En caso de incidente grave, en el que por ejemplo, hayas atropellado a alguien y este fallezca, si tu compañía de seguros quiere sacarse las pulgas y dejarte con el culo al aire (vamos, las compañías de seguros lo cubren todo menos lo que sucede, ¿a que si neeeeeeeng?), pueden comprobar si tu moto está limitada o no (y no solo de papeles).Acuen escribió:Hola chicos.
Yo tambien soy uno de los limitados. Creo que llevar una moto sin limitar cuando la deberias llevar limitada implica varios peligros:
1.- Observando mi permiso de conducir, me doy cuenta de que para llevar motos de mas de 34cv, no tengo permiso hasta el 2006. SI QUITO LA LIMITACION ESTOY CONDUCIENDO SIN CARNET!!!!!!!!
2.- En caso de accidente (ojala no nos pase nunca) si el seguro lo descubre, puede lavarse las manos. Y SEGURO QUE LO HARA. MENUDOS SON ESTOS. Que puede suceder: Imagina que tienes que resoponder de daños a materiales(otro vehiculo) o lo que es peor, a otras personas.PUEDES IR A LA RUINA ECONOMICA, Y A LA CARCEL.
3.- En mi caso, en la portada de la tarjeta de inspeccion tecnican han escrito a maquina la reforma (menos potencia) y como se ha hecho (cambiando la centralita modelo Tal po la modelon Pascual, con lo cual es bastante facil comprobar si la llevas limitada o no.
Asi que, resumiendo, mi consejo es ID LEGALES.
Ya se que es un sacacuartos, y una tonteria, perobsi lo incumples, te juegas mucho.
En caso de que tu moto no lo esté, y seas un conductor novel, te cae la del pulpo, ya que los gastos de indemnizaciones, abogados, etc... no los sufraga la compañia, sino tu, y te aseguro que eso es un dineral. Y si hay fallecimiento por el medio... te pueden caer hasta penas de cárcel por el simple hecho de no estar autorizado a llevar ese vehículo.
Mi consejo es que hay que tener paciencia y llevar la limitación los dos años que marca la ley. Lo sabemos, podemos llamarle tontería, soplapollez, sacacuartos, tragaldabas, subnormalidad, pero es lo que hay, y hasta que no haya otra cosa, desgraciadamente habrá que pasar por el aro.
Saludos :ch)
- Tenere91
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#15
Yo nunca he llevado la limitación, pero el otro día hablando con Baby-strom, me decía que no se notaba apenas la diferencia, imagino que será una limitación en la inyección para que no suba de vueltas hasta un determinado régimen y sin embargo el par motor queda inalterado con lo cual la sensación de potencia es la misma.
Así que no creo que merezca la pena jugársela.
Un saludo :wa)
Así que no creo que merezca la pena jugársela.
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#16
Estoy con Acuen y Alexdl1000,aunque nos parerezca una soplapoyez,que lo es...nos podria pasar como al incosciente del Farruquito a pesar de no ser minimamente comparable la ilegaridad nuestra y la de el.
En los foros es el unico sitio donde oigo que nos esperemos a que pase la limitacion,porque con todo motero que hablo,me dice lo mismo.-si nadie la lleva limitada de verdad,si no hay bancos de potencia,si....-de hecho los seguros no tienen en cuenta la limitacion y tener menos CV a la hora de pagar nosotros,señal de que muy poca gente lo lleva.
La verdd que con la limitacion se gana mas en inseguridad,que en seguridad.En carreteruchas muy lentas y ciudad no hechas en falta mas CV,pero cuando llegas al resto de carreteras y autovias pierdes un monton de seguridad en adelantamientos y si vas con gente aunque vallan tranquis muchas veces hay que adelantar cogiendo carrerilla,te toca entrar mas rapido en curva que ellos,tienes que ir a una velocidad superior a la suya para recuperar su acceleracion...total que al final corres mas peligro que limitada que sin.
Lo unico bueno que cuando me cumpla cuando empiece la proxima primavera estrenare otra vez mi vstrom al tener el doble de CV.
SALUDOS
En los foros es el unico sitio donde oigo que nos esperemos a que pase la limitacion,porque con todo motero que hablo,me dice lo mismo.-si nadie la lleva limitada de verdad,si no hay bancos de potencia,si....-de hecho los seguros no tienen en cuenta la limitacion y tener menos CV a la hora de pagar nosotros,señal de que muy poca gente lo lleva.
La verdd que con la limitacion se gana mas en inseguridad,que en seguridad.En carreteruchas muy lentas y ciudad no hechas en falta mas CV,pero cuando llegas al resto de carreteras y autovias pierdes un monton de seguridad en adelantamientos y si vas con gente aunque vallan tranquis muchas veces hay que adelantar cogiendo carrerilla,te toca entrar mas rapido en curva que ellos,tienes que ir a una velocidad superior a la suya para recuperar su acceleracion...total que al final corres mas peligro que limitada que sin.
Lo unico bueno que cuando me cumpla cuando empiece la proxima primavera estrenare otra vez mi vstrom al tener el doble de CV.
SALUDOS
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- Cansino
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#17
Hola
Por si a alguien le queda alguna duda de lo que puede ocurrir si llevamos las motos limitadas solo de papeles os pongo un enlace muy interesante en el foro de motos.net.
http://debates.motos.coches.net/showthread.php?t=29276
Leedlo y vigilad las posibles consecuencias.
Por si a alguien le queda alguna duda de lo que puede ocurrir si llevamos las motos limitadas solo de papeles os pongo un enlace muy interesante en el foro de motos.net.
http://debates.motos.coches.net/showthread.php?t=29276
Leedlo y vigilad las posibles consecuencias.
SaludoV'ssssssss y
Socio M.G.M Nº: 11017
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#18
Mira yo estuve los 2 años que impone la ley conducinedo una kawa de 550, y ahora que lo pienso tuve mucha suerte, pues si tienes algun golpecillo (piensa que no debes tener tu la culpa) y el seguro te descrubbre seguro que te dejan con el culo al aire. Ahora bien, pa mi se queda los disfrutones que me pegaba sin limitacion.
Si tuviera que volver a hacerlo lo haria 100% legal.
Saludos.
Si tuviera que volver a hacerlo lo haria 100% legal.
Saludos.
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- Cansino
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#20
Pues eso, tuviste suerte. Al igual, si hubieses tenido algun golpecillo tampoco hubiese pasado nada, por que, como se dice en otros posts, realmente hay pocas formas de comprobar si está limitada o no, pero aún así el riesgo es muy elevado.rafaemde escribió:Mira yo estuve los 2 años que impone la ley conducinedo una kawa de 550, y ahora que lo pienso tuve mucha suerte, pues si tienes algun golpecillo (piensa que no debes tener tu la culpa) y el seguro te descrubbre seguro que te dejan con el culo al aire. Ahora bien, pa mi se queda los disfrutones que me pegaba sin limitacion.
Si tuviera que volver a hacerlo lo haria 100% legal.
Saludos.
Estoy de acuerdo contigo en todo lo que preguntas. Yo soy el primero que piensa que llevar la moto limitada es una tonteria. Pero el problema es que, es lo que marca la ley, y si lo incumples, estas jugandote mucho. (si te descubren, claro)ccop escribió:Porque muchas aseguradoras no se fijan en el tema de la limitación?
¿Porque te cobran lo mismo este o no limitada la moto?
¿Porque en la ITV no comprueban que la moto esta limitada?
Hay muchos porques y muchas lagunas en esta ley y algún día algún juez la pondrá en evidencia.
[/quote]
SaludoV'ssssssss y
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