Ayuda con Papeleo de Aduanas e Impuestos.
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- kunny13
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#1 Ayuda con Papeleo de Aduanas e Impuestos.
A ver, que parezco nuevo y no tengo claro ni dónde poner esto.
Cómo sabéis tengo el coche en venta o cambio.
Pués bien, ayer vino un chico con un Mitsubishi Montero 3.2 DID del 2006 manual, interesado en mi coche y todo de una forma muy casual, me lo encontré por la mañana cuando estaba con el amigo Ayu por un tema de ruedas de su moto, le pregunté sobre el coche.................y nos hemos liado casi, casi, de negocios.
Le interesa mi coche, a mí el suyo ( estoy al día de todo en cuánto a ese coche, mecánica, posibles averías, fallos endémicos, etc,etc) está de acuerdo en darme la diferencia económica que he pedido, pero el " problema" es que su coche está matriculado en Ceuta. El es Sargento del Ejercito, está desde el día 2 de este mes en la Base que hay aquí en donde vivo ( Viator), destinado forzoso, así que creo y él también que LE tocará pagar algo de más para arreglar el papeleo.
Según me he documentado, al estar su coche allí matriculado, comprado nuevo se ahorró el ¿IVA? ........¿ COMPLETO?
¿ Para traer ese vehículo legalmente a la península ( el coche está físicamente aquí, ya lo he visto porque él lo usa) ¿ qué debe de pagar?
¿ El IVA completo que no pagó en su día, un 18%?.......¿ó un porcentaje del mismo de lo que vale actualmente para hacienda?
En resumen, Pasos a seguir para traer un vehículo matriculado en Ceuta a la peninsula y gastos del mismo.
El valor de Hacienda para este coche según la tabla de valoraciones de este año es de 30.400euros.
Cómo sabéis tengo el coche en venta o cambio.
Pués bien, ayer vino un chico con un Mitsubishi Montero 3.2 DID del 2006 manual, interesado en mi coche y todo de una forma muy casual, me lo encontré por la mañana cuando estaba con el amigo Ayu por un tema de ruedas de su moto, le pregunté sobre el coche.................y nos hemos liado casi, casi, de negocios.
Le interesa mi coche, a mí el suyo ( estoy al día de todo en cuánto a ese coche, mecánica, posibles averías, fallos endémicos, etc,etc) está de acuerdo en darme la diferencia económica que he pedido, pero el " problema" es que su coche está matriculado en Ceuta. El es Sargento del Ejercito, está desde el día 2 de este mes en la Base que hay aquí en donde vivo ( Viator), destinado forzoso, así que creo y él también que LE tocará pagar algo de más para arreglar el papeleo.
Según me he documentado, al estar su coche allí matriculado, comprado nuevo se ahorró el ¿IVA? ........¿ COMPLETO?
¿ Para traer ese vehículo legalmente a la península ( el coche está físicamente aquí, ya lo he visto porque él lo usa) ¿ qué debe de pagar?
¿ El IVA completo que no pagó en su día, un 18%?.......¿ó un porcentaje del mismo de lo que vale actualmente para hacienda?
En resumen, Pasos a seguir para traer un vehículo matriculado en Ceuta a la peninsula y gastos del mismo.
El valor de Hacienda para este coche según la tabla de valoraciones de este año es de 30.400euros.
- Eclipse
- Cansino
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#2 Ayuda con Papeleo de Aduanas e Impuestos.
Pues si el coche tiene más de x años no paga nada extra, si no es el iva y otra cosa más. No estoy puesto en el tema, pero supongo que he oído mas o menos lo que tú.
K7 Negra mate ABS, 72.000 km. Unos 128 l de equipaje disponible, guantera en zona de tubo de escape izquierdo, soporte gps casero, toma USB, la quilla de la mil, defensas, cubreradiador casero, sherrybrace, soporte de pantalla casero...
- chaveruco77
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#3 Re: Ayuda con Papeleo de Aduanas e Impuestos.
Si no me equivoco, con más de 5 años no tiene que pagar nada extra. a ver si me entero de cómo va la película, que aquí en Melilla pasa lo mismo...
Saludos
Saludos
Trail attitude: https://www.youtube.com/watch?v=bf557ySsMWE
- kunny13
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#4 Re: Ayuda con Papeleo de Aduanas e Impuestos.
Con todo esto, llego hasta aquí:
Introducción en la Península e Islas Baleares desde CEUTA Y MELILLA:
Derechos Arancelarios: Tarifa vigente según el Arancel Aduanero Común. ( Esta " Tarifa" no la encuentro por ningún sitio)
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Tipo Impositivo: 19% ( Dudo que esto haya que pagarlo, sería una locura, nadie traería un coche)
Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte:
Si los vehículos, ya matriculados, proceden de Ceuta y Melilla, el Impuesto se liquidará a los tipos impositivos resultantes de multiplicar lo establecido en los Epígrafes mencionados en el Apartado A) 2º por los siguientes coeficientes:
Si la importación se produce dentro del 1er. Año siguiente a la matriculación: 1,00
Si la importación tiene lugar dentro del 2º año: 0,67
Si la matriculación tiene lugar dentro del 3er. ó 4º año: 0,42[/i] ( El coche tiene 6 años, ¿ sería esto lo que hay que pagar?..pero el 0.42 de qué cantidad?
Sacado de aquí: http://www.japanimport.es/gastos.html
Luego está esto otro, que me pierdo aún más:
Introducción en la Península e Islas Baleares desde CEUTA Y MELILLA:
Derechos Arancelarios: Tarifa vigente según el Arancel Aduanero Común. ( Esta " Tarifa" no la encuentro por ningún sitio)
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Tipo Impositivo: 19% ( Dudo que esto haya que pagarlo, sería una locura, nadie traería un coche)
Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte:
Si los vehículos, ya matriculados, proceden de Ceuta y Melilla, el Impuesto se liquidará a los tipos impositivos resultantes de multiplicar lo establecido en los Epígrafes mencionados en el Apartado A) 2º por los siguientes coeficientes:
Si la importación se produce dentro del 1er. Año siguiente a la matriculación: 1,00
Si la importación tiene lugar dentro del 2º año: 0,67
Si la matriculación tiene lugar dentro del 3er. ó 4º año: 0,42[/i] ( El coche tiene 6 años, ¿ sería esto lo que hay que pagar?..pero el 0.42 de qué cantidad?
Sacado de aquí: http://www.japanimport.es/gastos.html
Luego está esto otro, que me pierdo aún más:
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- V.I.P.
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#5 Re: Ayuda con Papeleo de Aduanas e Impuestos.
'
A ver si te puedo ayudar:
SOLICITUD DE TRANSMISIÓN.
- Requisitos y documentación necesaria:
Obligaciones del adquirente (el que compra o se queda con el vehículo).
El adquirente ha de efectuar la transferencia en la Jefatura de Tráfico de la provincia de su domicilio o en la que se matriculó el vehículo, salvo que la transferencia la presente de forma conjunta con el transmitente, en cuyo caso lo puede hacer también, en la Jefatura del domicilio de éste, para ello ha de presentar los documentos siguientes:
1. Solicitud en impreso oficial facilitado por la Jefatura de Tráfico con los datos y firma del adquirente
En el caso de que el transmitente no hubiera notificado la transmisión, deberá figurar también datos y firma. En el caso de haber comprado el vehículo a un compraventa, deberá figurar en la solicitud:
a) Los datos de identidad y domicilio del transmitente que se lo entregó en su día al compraventa.
b) Los datos del propio compraventa.
c) Los datos del adquirente.
Si es menor de edad o incapacitado el que adquiere el vehículo constarán también en la solicitud los datos y firma de la persona que lo representa, así como el concepto en que lo hace ( padre, madre o tutor).
Si el vehículo se va a inscribir a nombre de varias personas, se presentarán tantas solicitudes como peticionarios, pagándose una sola tasa.
2. Tasa I.5 o I.6 si es un ciclomotor, por el importe legalmente establecido. Consulte la información sobre tasas.
3. Documentación de las personas interesadas.
En este caso, tanto el adquirente como el transmitente, salvo que éste último hubiera presentado la notificación de transmisión caso en el que no es necesario que se aporte ninguna documentación de él, ni su firma en la solicitud.
a) Si se trata de personas físicas:
A.1. Nacionales:
- Original del DNI en vigor. Si no lo tiene, ha de presentar:
- Resguardo de haberlo solicitado.
- Libro de Familia, Pasaporte, Permiso de conducir u otro documento que acredite los datos del DNI.
En caso de menores de edad o incapacitados, además presentarán:
- Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor.
- Documento original que acredite el concepto en que actúan, (ej. Libro de Familia, resolución judicial, etc.).
Si el vehículo se va poner a nombre de quien ejerce una actividad por cuenta propia, y desea domiciliarlo en la sede de su actividad, deberá aportar además:
- Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso.
A..2. Extranjeros:
- Declaración sobre titularidad de otros vehículos matriculados en España o del número de identificación que figure en el Permiso de Conducir español del que sea o hubiera sido titular.
- Original de la Tarjeta de residencia en vigor
Si no la tiene, ha de presentar:
- Documento original en el que figure el N.I.E o un Certificado de la Policía en el que conste que no se le puede expedir dicho documento.
- Original del Documento Nacional de Identidad de su país si pertenece al Espacio Económico Europeo o - Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país.
- Documento original que acredite su domicilio en España. Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial.
En caso de menores de edad o incapacitados , además presentarán:
- Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
- Documento original que acredite el concepto en que actúan, (ej. Libro de Familia, resolución judicial, etc.).
Si el vehículo se va a poner a nombre de quien ejerce una actividad por cuenta propia, y desea domiciliarlo en la sede de su actividad, deberá aportar además:
- Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso.
Si ha cambiado de domicilio y éste no figura en su DNI o Tarjeta de residencia deberá llevar:
Si el nuevo domicilio está en otro Ayuntamiento:
- Certificado original de empadronamiento o tarjeta censal.
Si el nuevo domicilio está en el mismo Ayuntamiento:
- El original de cualquier documento o recibo en el que figure. (Ej. recibo del teléfono, luz, agua).
b) Si se trata de personas jurídicas:
- Original del CIF.
- Original del DNI, Pasaporte, Tarjeta de Residencia del representante que firma la solicitud.
- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (Poder notarial o Escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil)
Si se desea domiciliar el vehículo en el domicilio de una Sucursal, deberá aportar además: o Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso.
4. Documentación del vehículo:
- Original de la Tarjeta de inspección Técnica con la inspección en vigor o del Certificado de Características.
- Original del Permiso o Licencia de circulación excepto si el transmitente notificó la transmisión ya que en este caso el adquirente no tendrá este documento.
Cuando el vehículo se adjudique judicialmente o por subasta:
- Original y fotocopia del acta de adjudicación que sustituirá los requisitos del transmisor.
5. Justificante del pago del último recibo puesto al cobro, o de la exención del impuesto municipal de vehículos de tracción mecánica:
- Original y fotocopia. Excepto si el transmitente notificó la transmisión.
En el supuesto de haber comprado el vehículo a un compraventa, sólo se presentará si la transferencia se solicita fuera del año natural en el que el vehículo fue dado de baja temporal por transmisión.
6. Autoliquidación o documento que acredite la exención o no sujeción del impuesto sobre transmisiones patrimoniales salvo que el vendedor sea una empresa de compraventa de vehículos, puesto que en este caso la operación está sujeta al IVA que se reflejará en la factura.
La información y los impresos de éste impuesto puede obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la Administración Estatal de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.
7. Documento original que acredite la adquisición del vehículo.
Este documento no será necesario si el transmitente notificó la transmisión.
En el caso que el transmitente sea un compraventa habrá de presentarse original y fotocopia de la factura de venta.
Si el vehículo se adquiere por subasta o sentencia judicial habrá de presentar original y copia del acta de adjudicación.
8. Documento que acredite el pago la exención o no sujeción del impuesto especial sobre determinados medios de transporte:
- Original y fotocopia en los casos de vehículos que en su primera matriculación definitiva tuvieron exención de éste impuesto, y se solicitase la transmisión antes de transcurridos cuatro años desde su matriculación, o dos años si son vehículos de autoescuela o alquiler sin conductor, o 12 meses si la exención fue por cambio de residencia del titular desde el extranjero al territorio español.
No será necesario presentar este documento si el transmitente notificó la transmisión.
La información y los impresos de éste impuesto puede obtenerse en las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Hacienda de la provincia de su domicilio.
9. Documento original acreditativo de la baja y el alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola si se trata de un vehículo especial agrícola no será necesario presentar el documento de la baja si el transmitente notificó la transmisión.
10. Certificado original de la Consejería de Transportes de que posee o está en condiciones de obtener el título habilitante correspondiente si son vehículos de transporte de viajeros con una capacidad superior a 9 plazas, incluida la del conductor, así como los vehículos de transporte de mercancías o mixtos con una masa máxima autorizada superior a seis toneladas y una capacidad de carga que exceda de 3,5 toneladas incluida la cabeza tractora.
11. Si la transferencia se refiere a un vehículo matriculado en Canarias, Ceuta o Melilla y se importa a la Península o a las Islas Baleares, se aportará certificado de aduanas que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Nota:
Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula, deberá aportar nueva Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa Inspección Técnica del vehículo y abonar la tasa I.1. legalmente prevista (Consulte la información sobre tasas).
- Impedimentos:
La constancia en el Registro de Vehículos de cualquier limitación de disposición, cuando el vendedor no hubiera notificado la transmisión, impedirá el cambio de titularidad, debiendo solicitar directamente la previa cancelación de dicha limitación, en el Registro de Bienes Muebles, salvo que la persona favorecida por tal inscripción dé su consentimiento expreso.
El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos.
La existencia de orden de precinto , que supondrá la no-emisión del permiso de circulación.
El tener caducada la Inspección Técnica periódica, que supondrá la no entrega del permiso de circulación hasta que no se acredite la Inspección Técnica en vigor.
Cuando la documentación no sea presentada por el titular del vehículo, la persona que lo represente debe aportar:
- Original de su propio DNI.
- Autorización del adquirente para realizar el trámite, donde exprese el carácter gratuito de la citada representación.
Ellos pagan el IPSI:
Aquellos ciudadanos que deseen beneficiarse de las franquicias de los tributos (Derechos de importación, IVA y el Impuesto sobre determinados medios de transporte) devengados con ocasión de la importación a la Península o Islas Baleares de su vehículo por traslado de residencia, deberán presentar en la Aduana de importación el certificado acreditativo de haber abonado previamente el IPSI correspondiente.
La solicitud, el pago de las tasas y la expedición del certificado, se realiza íntegramente y de forma inmediata por parte del interesado, o por una persona debidamente autorizada, en cualquiera de las oficinas de registro de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
http://www.ceuta.es/servlet/ContentServ ... p_hC=false
A ver si te puedo ayudar:
SOLICITUD DE TRANSMISIÓN.
- Requisitos y documentación necesaria:
Obligaciones del adquirente (el que compra o se queda con el vehículo).
El adquirente ha de efectuar la transferencia en la Jefatura de Tráfico de la provincia de su domicilio o en la que se matriculó el vehículo, salvo que la transferencia la presente de forma conjunta con el transmitente, en cuyo caso lo puede hacer también, en la Jefatura del domicilio de éste, para ello ha de presentar los documentos siguientes:
1. Solicitud en impreso oficial facilitado por la Jefatura de Tráfico con los datos y firma del adquirente
En el caso de que el transmitente no hubiera notificado la transmisión, deberá figurar también datos y firma. En el caso de haber comprado el vehículo a un compraventa, deberá figurar en la solicitud:
a) Los datos de identidad y domicilio del transmitente que se lo entregó en su día al compraventa.
b) Los datos del propio compraventa.
c) Los datos del adquirente.
Si es menor de edad o incapacitado el que adquiere el vehículo constarán también en la solicitud los datos y firma de la persona que lo representa, así como el concepto en que lo hace ( padre, madre o tutor).
Si el vehículo se va a inscribir a nombre de varias personas, se presentarán tantas solicitudes como peticionarios, pagándose una sola tasa.
2. Tasa I.5 o I.6 si es un ciclomotor, por el importe legalmente establecido. Consulte la información sobre tasas.
3. Documentación de las personas interesadas.
En este caso, tanto el adquirente como el transmitente, salvo que éste último hubiera presentado la notificación de transmisión caso en el que no es necesario que se aporte ninguna documentación de él, ni su firma en la solicitud.
a) Si se trata de personas físicas:
A.1. Nacionales:
- Original del DNI en vigor. Si no lo tiene, ha de presentar:
- Resguardo de haberlo solicitado.
- Libro de Familia, Pasaporte, Permiso de conducir u otro documento que acredite los datos del DNI.
En caso de menores de edad o incapacitados, además presentarán:
- Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor.
- Documento original que acredite el concepto en que actúan, (ej. Libro de Familia, resolución judicial, etc.).
Si el vehículo se va poner a nombre de quien ejerce una actividad por cuenta propia, y desea domiciliarlo en la sede de su actividad, deberá aportar además:
- Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso.
A..2. Extranjeros:
- Declaración sobre titularidad de otros vehículos matriculados en España o del número de identificación que figure en el Permiso de Conducir español del que sea o hubiera sido titular.
- Original de la Tarjeta de residencia en vigor
Si no la tiene, ha de presentar:
- Documento original en el que figure el N.I.E o un Certificado de la Policía en el que conste que no se le puede expedir dicho documento.
- Original del Documento Nacional de Identidad de su país si pertenece al Espacio Económico Europeo o - Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país.
- Documento original que acredite su domicilio en España. Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial.
En caso de menores de edad o incapacitados , además presentarán:
- Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
- Documento original que acredite el concepto en que actúan, (ej. Libro de Familia, resolución judicial, etc.).
Si el vehículo se va a poner a nombre de quien ejerce una actividad por cuenta propia, y desea domiciliarlo en la sede de su actividad, deberá aportar además:
- Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso.
Si ha cambiado de domicilio y éste no figura en su DNI o Tarjeta de residencia deberá llevar:
Si el nuevo domicilio está en otro Ayuntamiento:
- Certificado original de empadronamiento o tarjeta censal.
Si el nuevo domicilio está en el mismo Ayuntamiento:
- El original de cualquier documento o recibo en el que figure. (Ej. recibo del teléfono, luz, agua).
b) Si se trata de personas jurídicas:
- Original del CIF.
- Original del DNI, Pasaporte, Tarjeta de Residencia del representante que firma la solicitud.
- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (Poder notarial o Escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil)
Si se desea domiciliar el vehículo en el domicilio de una Sucursal, deberá aportar además: o Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso.
4. Documentación del vehículo:
- Original de la Tarjeta de inspección Técnica con la inspección en vigor o del Certificado de Características.
- Original del Permiso o Licencia de circulación excepto si el transmitente notificó la transmisión ya que en este caso el adquirente no tendrá este documento.
Cuando el vehículo se adjudique judicialmente o por subasta:
- Original y fotocopia del acta de adjudicación que sustituirá los requisitos del transmisor.
5. Justificante del pago del último recibo puesto al cobro, o de la exención del impuesto municipal de vehículos de tracción mecánica:
- Original y fotocopia. Excepto si el transmitente notificó la transmisión.
En el supuesto de haber comprado el vehículo a un compraventa, sólo se presentará si la transferencia se solicita fuera del año natural en el que el vehículo fue dado de baja temporal por transmisión.
6. Autoliquidación o documento que acredite la exención o no sujeción del impuesto sobre transmisiones patrimoniales salvo que el vendedor sea una empresa de compraventa de vehículos, puesto que en este caso la operación está sujeta al IVA que se reflejará en la factura.
La información y los impresos de éste impuesto puede obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la Administración Estatal de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.
7. Documento original que acredite la adquisición del vehículo.
Este documento no será necesario si el transmitente notificó la transmisión.
En el caso que el transmitente sea un compraventa habrá de presentarse original y fotocopia de la factura de venta.
Si el vehículo se adquiere por subasta o sentencia judicial habrá de presentar original y copia del acta de adjudicación.
8. Documento que acredite el pago la exención o no sujeción del impuesto especial sobre determinados medios de transporte:
- Original y fotocopia en los casos de vehículos que en su primera matriculación definitiva tuvieron exención de éste impuesto, y se solicitase la transmisión antes de transcurridos cuatro años desde su matriculación, o dos años si son vehículos de autoescuela o alquiler sin conductor, o 12 meses si la exención fue por cambio de residencia del titular desde el extranjero al territorio español.
No será necesario presentar este documento si el transmitente notificó la transmisión.
La información y los impresos de éste impuesto puede obtenerse en las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Hacienda de la provincia de su domicilio.
9. Documento original acreditativo de la baja y el alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola si se trata de un vehículo especial agrícola no será necesario presentar el documento de la baja si el transmitente notificó la transmisión.
10. Certificado original de la Consejería de Transportes de que posee o está en condiciones de obtener el título habilitante correspondiente si son vehículos de transporte de viajeros con una capacidad superior a 9 plazas, incluida la del conductor, así como los vehículos de transporte de mercancías o mixtos con una masa máxima autorizada superior a seis toneladas y una capacidad de carga que exceda de 3,5 toneladas incluida la cabeza tractora.
11. Si la transferencia se refiere a un vehículo matriculado en Canarias, Ceuta o Melilla y se importa a la Península o a las Islas Baleares, se aportará certificado de aduanas que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Nota:
Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula, deberá aportar nueva Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa Inspección Técnica del vehículo y abonar la tasa I.1. legalmente prevista (Consulte la información sobre tasas).
- Impedimentos:
La constancia en el Registro de Vehículos de cualquier limitación de disposición, cuando el vendedor no hubiera notificado la transmisión, impedirá el cambio de titularidad, debiendo solicitar directamente la previa cancelación de dicha limitación, en el Registro de Bienes Muebles, salvo que la persona favorecida por tal inscripción dé su consentimiento expreso.
El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos.
La existencia de orden de precinto , que supondrá la no-emisión del permiso de circulación.
El tener caducada la Inspección Técnica periódica, que supondrá la no entrega del permiso de circulación hasta que no se acredite la Inspección Técnica en vigor.
Cuando la documentación no sea presentada por el titular del vehículo, la persona que lo represente debe aportar:
- Original de su propio DNI.
- Autorización del adquirente para realizar el trámite, donde exprese el carácter gratuito de la citada representación.
Ellos pagan el IPSI:
Aquellos ciudadanos que deseen beneficiarse de las franquicias de los tributos (Derechos de importación, IVA y el Impuesto sobre determinados medios de transporte) devengados con ocasión de la importación a la Península o Islas Baleares de su vehículo por traslado de residencia, deberán presentar en la Aduana de importación el certificado acreditativo de haber abonado previamente el IPSI correspondiente.
La solicitud, el pago de las tasas y la expedición del certificado, se realiza íntegramente y de forma inmediata por parte del interesado, o por una persona debidamente autorizada, en cualquiera de las oficinas de registro de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
http://www.ceuta.es/servlet/ContentServ ... p_hC=false
"El desvanecimiento de los ideales es triste prueba de la derrota del esfuerzo humano."
.:Morgana:. es mi artillera ;D
~V-STROM~ SPIRITUAL RIDERS
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#6 Re: Ayuda con Papeleo de Aduanas e Impuestos.
Me has ayudado y mucho.Galahad escribió:
11. Si la transferencia se refiere a un vehículo matriculado en Canarias, Ceuta o Melilla y se importa a la Península o a las Islas Baleares, se aportará certificado de aduanas que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Nota:
Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula, deberá aportar nueva Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa Inspección Técnica del vehículo y abonar la tasa I.1. legalmente prevista (Consulte la información sobre tasas).
- Impedimentos:
La constancia en el Registro de Vehículos de cualquier limitación de disposición, cuando el vendedor no hubiera notificado la transmisión, impedirá el cambio de titularidad, debiendo solicitar directamente la previa cancelación de dicha limitación, en el Registro de Bienes Muebles, salvo que la persona favorecida por tal inscripción dé su consentimiento expreso.
El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos.
La existencia de orden de precinto , que supondrá la no-emisión del permiso de circulación.
El tener caducada la Inspección Técnica periódica, que supondrá la no entrega del permiso de circulación hasta que no se acredite la Inspección Técnica en vigor.
Cuando la documentación no sea presentada por el titular del vehículo, la persona que lo represente debe aportar:
- Original de su propio DNI.
- Autorización del adquirente para realizar el trámite, donde exprese el carácter gratuito de la citada representación.[/i]
Ellos pagan el IPSI:
Aquellos ciudadanos que deseen beneficiarse de las franquicias de los tributos (Derechos de importación, IVA y el Impuesto sobre determinados medios de transporte) devengados con ocasión de la importación a la Península o Islas Baleares de su vehículo por traslado de residencia, deberán presentar en la Aduana de importación el certificado acreditativo de haber abonado previamente el IPSI correspondiente.
La solicitud, el pago de las tasas y la expedición del certificado, se realiza íntegramente y de forma inmediata por parte del interesado, o por una persona debidamente autorizada, en cualquiera de las oficinas de registro de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
http://www.ceuta.es/servlet/ContentServ ... p_hC=false
Muchas gracias.
- totemstgo
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#7 Re: Ayuda con Papeleo de Aduanas e Impuestos.
Que yo sepa no se tiene por que pagar IVA, se paga un impuesto de transmisiones y sino me equivoco es un 4% de tipo impositivo, sobre el valor de venta, que como mínimo ha de ser el marcado por hacienda para evitar una paralela.
No nos liemos con los ivas, aranceles y demás. Tu cuando compras un coche ahora, en la península pagas un 18% de iva, me lo vendes a mi al mes y pagaríamos un 4% sobre el valor que marcasemos en el contrato que se presenta cone l documento, nunca para nada un 18%.
No he leido nada que diga lo contrario, si bien ese certificado de aduanas a mayores que en la peninsula, pero que entiendo que se tendria que solicitar una vez acreditado el pago del correspondiente ITP.
No nos liemos con los ivas, aranceles y demás. Tu cuando compras un coche ahora, en la península pagas un 18% de iva, me lo vendes a mi al mes y pagaríamos un 4% sobre el valor que marcasemos en el contrato que se presenta cone l documento, nunca para nada un 18%.
No he leido nada que diga lo contrario, si bien ese certificado de aduanas a mayores que en la peninsula, pero que entiendo que se tendria que solicitar una vez acreditado el pago del correspondiente ITP.
- JB.
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#8 Re: Ayuda con Papeleo de Aduanas e Impuestos.
Creo que lo que os cuento se puede hacer y asi evitaros molestias y pagar menos dinero..
Los miembros del Ejercito cuando van destinados a una plaza de la peninsula desde Ceuta pueden cambiar la documentacíon del vehiculo como si fuese peninsular (siempre que el vehiculo tenga mas de seis meses), una vez hecho esto te lo puede vender como si fuese un coche matriculado en la peninsula.
Lo mejor es preguntar en tráfico. Un saludo.
Los miembros del Ejercito cuando van destinados a una plaza de la peninsula desde Ceuta pueden cambiar la documentacíon del vehiculo como si fuese peninsular (siempre que el vehiculo tenga mas de seis meses), una vez hecho esto te lo puede vender como si fuese un coche matriculado en la peninsula.
Lo mejor es preguntar en tráfico. Un saludo.